Resolución de 6 de febrero de 1996, de la Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 593/1993-C, interpuesto por don Miguel Ángel Córdova Largo.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, el recurso número 593/1993-C, interpuesto por don Miguel Angel Córdova Largo, contra la Resolución de 11 de enero de 1993, del Subdirector general de Personal, relativa a reconocimiento de grado personal de nivel 16, así como contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra aquélla, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, ha dictado sentencia, de 18 de noviembre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallo:

Primero.-Desestimar el presente recurso contencioso-administrativo número 593/1993.

Segundo.-No hacer especial imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de febrero de 1996.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 53 del Viernes 1 de Marzo de 1996. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia E Interior.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...