Corrección de errores de la Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria.

Advertidos errores en el texto de la Ley 5/1990, de 29 de junio, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, del 30, página 18710, a continuación se indican las oportunas rectificaciones:

Disposición afectada

Donde dice

Debe decir

Artículo 1.3, segunda línea

«...Organismos autónomos y Empresas públicas estatales de los fondos procedentes...»

«... y Organismos autónomos de los fondos procedentes...».

Artículo 9, tres, segunda línea

«en el capial de Sociedades»

«en el capital de Sociedades».

Artículo 22, grupo I, segunda línea

«2.163.000 pesetas, 540.750 pesetas más por cada año»

«2.163.000 pesetas, más 540.750 pesetas por cada año».

Artículo 22, último párrafo

«que determinan derechos»

«que determinan derecho».

Artículo 38, uno, tercera línea

«coeficiente 105 a la cuantía»

«coeficiente 1,05 a la cuantía».

Disposición adicional sexta, a), octava linea

«socios titulares de explotación»

«socios titulares de explotaciones».

Disposición adicional novena, quinta linea

«cierre de ese ejercicio»

«cierre del primer ejercicio».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 184 del Jueves 2 de Agosto de 1990. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Contabilidad
  • Deuda Pública
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo Social Europeo
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Inversiones
  • Jubilación
  • Pensiones
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Seguridad Social
  • Sistema tributario

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