Corrección de errores de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

Advertidos errores en la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, inserta en el «Boletín Oficial del Estado», número 312, de 29 de diciembre, a continuación se indican las oportunas rectificaciones:

Artículo 75, segunda línea, página 36464, donde dice: «coste medio de recursos», debe decir. «coste medio de sus recursos».

Artículo 85. A), último párrafo, página 36466, donde dice: «necesarios para el ejercicio», debe decir «necesarios para que el ejercicio».

Articulo 85. F), cinco, segundo párrafo, página 36467, donde dice: «a los contribuyentes por aplicación real», debe decir «a los contribuyentes por obligación real».

Articulo 91. Uno, tercer párrafo, página 36468, donde dice: «a la financiación del Plan General de Promoción», debe decir «a la financiación del Plan Cameral de Promoción».

Artículo 107, tres, segundo párrafo, tercera línea, página 36475, donde dice: «de contenido o finalidad censal dirigidas por las normas propias», debe decir «de contenido o finalidad censal exigidas por las normas propias».

Artículo 124, uno, cuarta línea, página 36479, donde dice: «a través de la Secretaría General de Telecomunicaciones, ...» debe decir «a través de la Secretaría General de Comunicaciones, ...».

Disposición adicional decimotercera 1, 3.°, línea segunda, «con posterioridad a la entrada en vigor», debe decir «con anterioridad a la entrada en vigor».

Anexo I, distribución por programas:

«Seguridad Ciudadana», línea 11, (Capítulos la VIII, página 36487), donde dice: «292.978.126», debe decir «292.078.126».

«Enseñanzas Medias», línea 64, (Capítulos I a VIII y total, página 36487), donde dice: «188.301.133», debe decir «188.351.133».

«Conservación y Explotación de Carreteras», línea 35, (Capítulos I a VIII, página 36488), donde dice: «44,479.587», debe decir: «44.479.857».

«Desarrollo Cooperativo», linea 20, (Capítulos 1 a VIII y total, página 36489), donde dice: «2.234.920», debe decir «2.334.920».

Anexo II, Créditos Ampliables:

Segundo, cuatro: Sección 15 «Ministerios de Economía y Hacienda», apartado i), donde dice: «El crédito 15.612-A.32.444,...», debe decir «El crédito 15.621-A.32.444,...».

Artículo 15. (artículo 10.dos, segunda línea, página 36449), donde dice: «servicios distintos de los grabados por las tasas...», debe decir «servicios distintos de los gravados por las tasas...».

Artículo 27. Uno, A), trienio grupo B (página 36452), donde dice: «42.700», debe decir «42.720».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Viernes 4 de Agosto de 1989. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aduanas
  • Agricultura
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Ayuntamientos
  • Banca
  • Cajas de Ahorro
  • Cámaras Agrarias
  • Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación
  • Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana
  • Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
  • Centro Nacional de Información Geográfica
  • Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
  • Centros de enseñanza
  • Clases Pasivas Civiles
  • Clases Pasivas Militares
  • Comunidad Económica Europea
  • Comunidades Autónomas
  • Cooperativas de crédito
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Cultura
  • Defensa Nacional
  • Desempleo
  • Deuda Pública
  • Diputaciones Provinciales
  • Educación
  • Empleo
  • Exportaciones
  • Fuerzas Armadas
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Industrias
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
  • Oposiciones y concursos
  • Organismos autónomos
  • Patentes
  • Patrimonio Histórico Español
  • Pensiones
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Sanidad
  • Seguridad Social
  • Sindicatos
  • Sistema tributario
  • Tasas fiscales
  • Tasas y exacciones parafiscales
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Trabajadores
  • Tribunal Constitucional
  • Urbanismo
  • Vehículos de motor

Otras ediciones del BOE

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...