Conflicto positivo de competencia número 676/1985, planteado por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto 333/1985, de 15 de marzo.

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 23 DE JULIO ULTIMO, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 676/1985, PLANTEADO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN RELACION CON EL REAL DECRETO 333/1985, DE 15 DE MARZO, SOBRE GARANTIAS DE PRESTACION DE SERVICIOS ESENCIALES, EN SITUACION DE PARO, EN RELACION CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUAS DEL TER.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID 22 DE OCTUBRE DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA (FIRMADO Y RUBRICADO).

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 265 del Martes 5 de Noviembre de 1985. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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