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Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 38, de 13 de febrero de 1979, páginas 3843 a 3846, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 12, donde dice: «El incumplimiento por parte de los expedidores de los cupos de plátanos que la C.R.E.P. le señale en cada semana», debe decir: «El incumplimiento por parte de los expedidores de los cupos de plátanos que la C.R E.P. les señale en cada semana».
En el artículo 14, apartado c), donde dice: «Un número de productores individuales de plátano por cada provincia que sumando al de Cooperativas Agrícolas», debe decir: «Un número de productores individuales de plátano por cada provincia que sumado al de Cooperativas».
En el artículo 22, apartado c), donde dice: «... podrá ser elegido más de un vocal en representación de una Empresa», debe decir: «...podrá ser elegido más de un vocal en representación de una misma Empresa».
En la disposición transitoria 3.ª, apartado b), donde dice: «Convocará y presidirá las elecciones de los correspondientes vocales representativos de los grupos de expedidores ...», debe decir: «Convocará y presidirá las elecciones de los correspondientes vocales, representativos de los dos grupos de expedidores ...».
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 72 del Sábado 24 de Marzo de 1979. Otras disposiciones, Ministerio De Comercio Y Turismo.