Corrección de errores de la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de Bases del Estatuto de Régimen Local.

Advertidos errores en el texto de la Ley 41/1875, de 19 de noviembre, de Bases del Estatuto de Régimen Local, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 280, de fecha 21 de noviembre de 1975, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 24343, primera columna, línea 39, dice: «mayores de 25 escritos...», debe decir: «... mayores de 25 inscritos...».

Página 24344, primera columna, línea 62, dice: «... sobre los actos o cuestiones de», debe decir: «obre los actos a cuestiones de».

Página 24344, segunda columna, líneas 32 y 33, dice: «... es decir, la ausencia de facultades...», debe decir: «... es decir, los Concejales, sino cualquier elector con capacidad para ser Concejal y arraigo en la localidad. Consecuencia del principio electivo es la ausencia de facultades...».

Página 24358, segunda columna, línea 48, dice: «b) Aguardientes compuestos y licores ......... 30 ptas. Qm.», debe decir: «b) Aguardientes compuestos y licores ........... 30 ptas. Hl.».

Página 24357, segunda columna, línea 31, dice: «de cobro de crédito...», debe decir: «... de cobro de créditos».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 44 del Viernes 20 de Febrero de 1976. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Administración Local
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