Ley 40/1974, de 28 de noviembre, sobre ampliación de plantilla del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea.

Por Ley número noventa y uno/mil novecientos sesenta y seis, de veintiocho de diciembre, fué creado el Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea, cuya plantilla se incrementó por la Ley número quince/mil novecientos setenta y uno, de diecinueve de junio, con el fin de atender a las necesidades impuestas por el desarrollo de la navegación aérea.

Con posterioridad se ha venido poniendo de manifiesto la ineludible necesidad de someter el control de la navegación aérea en España a normas de tráfico internacionales, utilizando procedimientos y técnicas similares en todos sus aspectos a las empleadas por el resto de los países europeos, tanto por lo que se refiere a los medios como a los sistemas y personal, con el fin de lograr la imprescindible uniformidad que llevará consigo una mayor fluidez del tráfico y una mejora en los índices de seguridad.

Por otro lado, el creciente desarrollo de la aviación comercial, la apertura de nuevos aeropuertos y la ampliación de sus horarios de actividad para responder al mayor número de movimientos que implica el incesante incremento del tráfico que lleva consigo continuas entradas y salidas de aeronaves prácticamente sin intervalos de descanso, obligan a prever las necesidades futuras, aun cuando sea a corto plazo, e imponen el aumento progresivo e imprescindible de la plantilla del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea, para lograr una utilización intensiva y total del espacio aéreo con las máximas garantías de seguridad.

En su virtud, de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:

Artículo primero.Comentar este artículo

La plantilla del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea se incrementa en la forma que a continuación se indica:

Año 1974: 90 plazas.

Año 1975: 360 plazas.

Año 1976: 360 plazas.

Año 1977: 270 plazas.

Artículo segundo.Comentar este artículo

La plantilla del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea, después del incremento de la Ley quince/mil novecientos setenta y uno, de diecinueve de junio, y del aumento escalonado que se autoriza en la presente Ley, será de mil quinientas noventa y cinco plazas.

Dado en el Palacio de El Pardo a veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Presidente de las Cortes Españolas,

ALEJANDRO RODRÍGUEZ DE VALCÁRCEL Y NEBREDA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 287 del Sábado 30 de Noviembre de 1974. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Notas

  • Entrada en vigor el 20 de diciembre de 1974.
  • Esta norma ha dejado de estar vigente

Materias

  • Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea
  • Funcionarios Civiles de la Administración Militar
  • Plantillas

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