Corrección de errores de la Orden de 21 de junio de 1968 por la que se aprueba el Reglamento sobre utilización de productos petrolíferos para calefacción y otros usos no industriales.

Advertidos errores en el texto remitido para su publicaron del Reglamento adjunto a la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de fecha 3 de julio de 1968, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 9.702, primera columna, artículo sexto, 2., donde dice: «... eclipsoidales ó teriesféricos...», debe decir: «...elipsoidales o toriesféricos...», y donde dice: «... Central Nacional de Investigaciones Metalúrgicas...», debe decir: «... Centro Nacional de Investigaciones Metalúrgicas...».

En la página 9702, primera columna, artículo sexto, 10., donde dice: «...boca del hombre...», debe decir: «...boca de hombre...».

En la página 9702, segunda columna, artículo séptimo. 1.. donde dice: «...

(VER IMÁGENES PÁGINA 10754)

En la página 9703, segunda columna, artículo doce, 1., donde dice: «... bidones hasta 251 litros...», debe decir: «... bidones hasta 250 litros...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 176 del Martes 23 de Julio de 1968. Disposiciones generales, Ministerio De Industria.

Materias

  • Carburantes y combustibles
  • Climatización
  • Hidrocarburos
  • Productos petrolíferos

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