Periódico Oficial de Puebla del día 15/08/2023 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 15 de agosto de 2023

III. Gestionar con las Dependencias y Entidad, las peticiones y reportes de los habitantes del Municipio, en redes sociales;
IV. Dar seguimiento permanente a las actividades y eventos que se realicen por el Gobierno Municipal para que de forma inmediata se suba la información a las redes sociales;
V. Dar seguimiento a los canales de comunicación alternativos y redes sociales para dar a conocer a los habitantes del Municipio, las acciones y servicios del Gobierno Municipal;
VI. Gestionar la actualización de los contenidos en el portal institucional del Gobierno Municipal;
VII. Revisar las propuestas de boletines de las Dependencias y Entidad y someterlos a validación del Director de Comunicación Social;
VIII. Realizar y someter a consideración del Director de Comunicación Social los boletines informativos de la Presidencia Municipal;
IX. Llevar a cabo el seguimiento informativo cuantitativo requerido por las Dependencias y Entidad, y X. Las demás que se establezcan en las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, convenios y sus anexos, así como las que le confiera su superior jerárquico.
ARTÍCULO 18. El Jefe de Departamento de Comunicación Social dependerá jerárquicamente del Director de Comunicación Social y tendrá además de las atribuciones que señala el artículo 8 las siguientes:
I. Elaborar la imagen institucional del Gobierno Municipal;
II. Elaborar los diseños institucionales de las Dependencias y Entidad;
III. Realizar los diseños de imágenes institucionales de campañas de las Dependencias y Entidad;
IV. Coadyuvar con las Jefaturas de Comunicación Digital Institucional y Audio y Video, con la finalidad de dar cumplimiento a lo encomendado, y V. Las demás que se establezcan en las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, convenios y sus anexos, así como las que le confiera su superior jerárquico.

TITULO CUARTO
DE LAS SUPLENCIAS
CAPITULO UNICO
ARTÍCULO 19. En caso de ausencia temporal del Director General o Directores, hasta por un periodo de quince días naturales, esta será cubierta por el servidor público que designe el mismo; si la ausencia excede él termino antes señalado, será suplido por el servidor público que designe el Presidente Municipal.
ARTÍCULO 20. Las ausencias temporales de los Titulares de las Unidades Administrativas, hasta por un periodo de quince días naturales, serán cubiertas por el servidor público que designe el Director General o Directores, el cual deberá estar adscrito a la misma área y ostentar el cargo inmediato inferior. En caso de que la ausencia sea mayor de quince días naturales, los titulares de las Unidades Administrativas serán suplidos por el servidor público que designe el Presidente Municipal.

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Periódico Oficial de Puebla del día 15/08/2023 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date15/08/2023

Page count14

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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