Periódico Oficial de Puebla del día 29/01/2024 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Segunda Sección
I.9. La moneda en que deberán de cotizarse las proposiciones será: PESO MEXICANO.

I.8. Se hace la indicación de que ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como de las proposici ones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

I.7. Las bases no serán vendidas a quienes se encuentren impedidos o inhabilitados, en términos de lo dispuesto por el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal para el Estado de Puebla.

I.6. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal para el Estado de Puebla.

Periódico Oficial del Estado de Puebla
I.5.- Constancia de Inscripción en el Padrón de Proveedores del Municipio de Zoquitlán, Pue., expedido por el Comité Municipal de adjudicaciones del Zoquitlán, Pue., por el periodo comprendido de 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2024 de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal para el Estado de Puebla.

I.4.- La capacidad técnica deberá de acreditarla mediante la relación de los principales suministros o contratos efectuados durante los últimos dos años indicando su importe, fechas y destino público o privado así mismo la ficha técnica, descripciones y fotografías del producto a suministrar de acuerdo al objeto de este procedimiento de licitación.

I.3.- La capacidad económica y financiera deberá acreditarse con la siguiente documentación: Estados financieros al 31 de diciembre de 2023 y al 31 de enero de 2024;
Relación Analítica de los renglones de activos incluyendo Balance General, Estados de Resultados y Estado de Pérdidas y Ganancias, así como Estados de Variaciones en el capital contable.

I.2.- Los licitantes deberán de acreditar su existencia legal, actividad y objeto social, así como la personalidad de sus representantes, en el caso de personas jur ídicas mediante escritura pública de constitución o modificación en cumplimiento al artículo 70 la Ley de Adquisiciones, Arrendami entos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal para el Estado de Puebla; y en el caso de personas físicas a través de una identificación oficial con fot ografía y el testimonio en el que conste el mandato correspondiente.

I.1.- El capital contable mínimo requerido es de $2,500,000.00 DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N. para el procedimiento No. MZP/CMAA-01T/2024 y deberá acreditarse con la declaración anual del Ejercicio Fiscal 2023.

I REQUISITOS GENERALES QUE DEBERÁN DE ACREDITAR LOS INTERESADOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS
69,70,71,Y 72 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL Y MUNICIPAL.

RETROEXCAVADORA
24, BRAZO
DE
EXCAVACIÓN
EXTENSIBLE DE 14 PIES, CABINA
ABIERTA.
MARTILLO
HIDRÁULICO, ENERGIA DE IMPACTO 1300
JOULE, PRESIÓN HIDRÁULICA
BAR 120-150.

Lunes 29 de enero de 2024
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Periódico Oficial de Puebla del día 29/01/2024 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date29/01/2024

Page count4

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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