Periódico Oficial de Puebla del día 08/12/2023 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 8 de diciembre de 2023

GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ZACATLÁN
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Zacatlán, de fecha 28 de marzo de 2023, por el que aprueba el REGLAMENTO DE INSPECTORES Y MESAS DIRECTIVAS VECINALES DEL
MUNICIPIO DE ZACATLÁN, PUEBLA.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos; Presidencia Municipal. H Ayuntamiento Zacatlán, Pue. 2021-2024.
JOSÉ LUIS MÁRQUEZ MARTÍNEZ, Presidente Municipal Constitucional del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Zacatlán, Puebla, a sus habitantes hace saber:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El desarrollo del municipio de Zacatlán exige más y mejores servicios públicos que permitan satisfacer las necesidades que se le presentan diariamente a la ciudadanía, y hacerlo con prontitud y eficacia.
El Capítulo XXVIII de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado contempla la figura de inspectores, como agentes auxiliares de la Administración Pública Municipal y que están sujetos al Ayuntamie nto o Junta Auxiliar correspondiente.
En ese sentido, es menester para este gobierno proponer las disposiciones legales contenidas en esta reglamentación, con el objetivo de integrar la figura de inspector a la Administración Pública Municipal de este H. Ayuntamiento, para que los habitantes del municipio cuenten con las herramientas legales para acudir con sus representantes más cercanos, siendo éstos los inspectores y las mesas directivas vecinales, asegurando su participación activa en beneficio de las comunidades que integran el municipio.
Con todo lo anterior, este Reglamento atiende la necesidad de contar con el marco normativo que constituya el rostro de un gobierno sensible y abierto a las exigencias de sus habitantes, fortaleciendo la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades, contribuyendo a la armonización de la convivencia ciudadana, así como, asegurar la participación activa de los ciudadanos, teniendo la convicción de que estos cambios son relevantes para la trascendencia del municipio y su población.

CONSIDERANDO
I. Que, el municipio libre es una entidad de derecho público y constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, el cual está investido de personalidad jurídica propia y cuenta con la facultad de manejar su patrimonio conforme a la ley; y la de administrar libremente su hacienda, cuyo gobierno corresponde al H. Ayuntamiento; según lo disponen los artículos 2, 102, 103, 104 y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Municipal.
II. Que, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es facultad de los Ayuntamientos expedir, de acuerdo con las leyes en materia municipal que emita el

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Periódico Oficial de Puebla del día 08/12/2023 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date08/12/2023

Page count19

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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