Periódico Oficial de Puebla del día 12/05/2021 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 12 de mayo de 2021

atiendan políticas públicas que contribuyan a la igualdad de género, así como la disminución de las desigualdades entre mujeres y hombres.
ARTÍCULO 64. El Honorable Ayuntamiento deberá garantizar y promover el principio de igualdad y paridad de género en los ámbitos de su competencia, tales como:
I. El gabinete municipal;
II. Los puestos administrativos en el Honorable Ayuntamiento;
III. En la integración de mesas directivas de vecinos de barrios, colonias, fraccionamientos y unidades habitacionales del Municipio;
IV. En los Consejos de Participación Ciudadana, tanto en la convocatoria que establece las bases para su instalación o renovación, como en su integración;
V. En cualquier otro mecanismo de participación ciudadana, y VI. En el Consejo Municipal de Protección Civil y su Unidad Operativa Municipal de Protección Civil.
ARTÍCULO 65. El Honorable Ayuntamiento adoptara las medidas estrategias y acciones preventivas que protejan los derechos humanos, basadas en campañas y actividades de información objetiva, concientización y sensibilización sobre el problema de la violencia de género, y acciones tendientes a disminuir la desigualdad entre mujeres y hombres, así como las prácticas discriminatorias en cualquiera de sus modalidades.
ARTÍCULO 66. Las autoridades municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán garantizar la igualdad de género en la vida económica y laboral, para lo cual adoptarán medidas dirigidas a erradicar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, desarrollando las siguientes acciones:
I. Impulsar liderazgos igualitarios;
II. Promover políticas públicas de empleo que tengan como objetivo prioritario aumentar la participación de las mujeres en el mercado laboral y avanzar en la igualdad de género, para ello, se deberán implementar acciones afirmativas para mejorar las oportunidades a las mujeres, así como su permanencia, potenciando su nivel formativo y su adaptación a los requerimientos del mercado de trabajo;
III. Promover el uso de un lenguaje incluyente, no sexista y no discriminatorio en anuncios de vacantes u ofertas de trabajo, libres de cualquier tipo de expresión discriminatoria;
IV. Fomentar la integración de políticas públicas con perspectiva de género en materia económica;
V. Implementar acciones afirmativas para reducir la brecha de desigualdad de género en la incorporación del personal del Honorable Ayuntamiento;
VI. Garantizar que en su Programa Operativo Anual se especifique una partida presupuestaria para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
VII. Capacitar al sector privado en derechos humanos, igualdad, perspectiva y paridad de género, a fin de incrementar el acceso de mujeres en puestos directivos;
VIII. Crear mecanismos de coordinación con la iniciativa privada, a efecto de fomentar la igualdad entre hombres y mujeres que laboran en ese sector;

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Periódico Oficial de Puebla del día 12/05/2021 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date12/05/2021

Page count8

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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