Periódico Oficial de Puebla del día 01/11/2017 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Miércoles 1 de noviembre de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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Determinación de Responsabilidades en contra del C. Paulino Barco Atanacio, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Soltepec, Puebla, administración 2008-2011; por diversas irregularidades que fueron contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 05706C/2008-2011, por un monto total de $53456,782.74 cincuenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos ochenta y dos pesos 74/100
Moneda Nacional. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO.- La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha veinte de enero de dos mil catorce, dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 14/2012, de la Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. Paulino Barco Atanacio, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Soltepec, Puebla, administración 2008-2011; se ordenó citar al involucrado para que compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.
CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/0061914/DGJ-DJC, de fecha veintiuno de enero de dos mil catorce, se citó al C. Paulino Barco Atanacio, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Soltepec, Puebla, administración 2008-2011, a efecto de que compareciera el cinco de febrero de dos mil catorce a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio citatorio que le fue notificado conforme a derecho el veintitrés de enero de dos mil catorce, tal y como consta en la cédula de notificación. ---------------------------------------------------------------------------QUINTO.- Con fecha cinco de febrero de dos mil catorce se recibió el escrito signado por el C. Paulino Barco Atanacio, Ex Presidente Municipal de Soltepec, Puebla, Administración 2008-2011, recibido con el folio 201402779
en esa misma fecha, a través del cual manifestó: en atención al acuerdo de veinte de enero de dos mil catorce, emitido dentro del expediente número P.A. 14/2012 de los de la Dirección Jurídica de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, en el cual me cita para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos prevista en el artículo 68, fracción I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, para el día cinco de febrero del año en curso y dando seguimiento al padecimiento físico que me encuentro clínicamente incapacitado para realizar actividades físicas y laborales, con signos vitales fuera de los rangos laborales Hipertensión y laboratorios con resultados con parámetros elevados me ha imposibilitado físicamente a desarrollar las actividades en forma normal, solicito nuevamente de esta autoridad fiscalizadora, se difiera la audiencia de mérito que se encuentra señalada para este día y hora dentro del expediente anteriormente precisado, en atención a la Constancia médica expedida por el Dr. Julio Cesar Romero Morales con Ced. Profesional 7722418, en el que hace constar la imposibilidad física para trasladarme a la Ciudad de Puebla, a efecto de estar presente en el desahogo de la audiencia de mérito, tal y como lo justifico con la prueba documental que se anexa al presente para todos los efectos a que haya lugar; por lo que en atención a ello y con la finalidad de perfeccionar la documental exhibida por el involucrado; se acordó girar atento oficio al C. Dr. Julio Cesar Romero Morales, para que compareciera debidamente identificado a ratificar el contenido y firma de la constancia médica expedida a favor del C. Paulino Barco Atanacio; dando cumplimiento a lo anterior el veintiocho de febrero de dos mil catorce. -------------------------SEXTO.-Así mismo el seis de marzo de dos mil catorce la Autoridad Fiscalizadora acordó que en virtud de que la Constancia Médica fue debidamente ratificada y con la finalidad de llevar a cabo el desahogo de la audiencia de ofrecimiento de pruebas y alegatos a cargo del C. Paulino Barco Atanacio, Presidente Municipal de Soltepec, Puebla, Administración 2008-2011, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, dentro del expediente que hoy se resuelve, se señalaron las diez horas del día dieciocho de marzo del dos mil catorce; sin embargo, el veintiuno de ese mismo mes y año se tuvo por recibido escrito de dieciocho de marzo del año en curso, signado por el C. Paulino Barco Atanacio, en su carácter de

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Periódico Oficial de Puebla del día 01/11/2017 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date01/11/2017

Page count284

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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