Periódico Oficial de Puebla del día 26/07/2017 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Miércoles 26 de julio de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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SEGUNDO. Por la responsabilidad a que se refiere el punto anterior, se impone al C. Enrique Antonio Álvarez, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Jopala, Puebla, administración 2008-2011, específicamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, del que se derivó el Pliego de Cargos vencido número 05236C/2008-2011, las siguientes sanciones administrativas: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de Jopala, Puebla, que asciende a la cantidad de $48800,854.71 cuarenta y ocho millones ochocientos mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos 71/100 Moneda Nacional, derivado de Recursos Propios, de Participaciones, del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM
y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN; se impone sanción económica por la cantidad de $73201,282.07 setenta y tres millones doscientos un mil doscientos ochenta y dos pesos 07/100 Moneda Nacional, equivalente a un tanto y medio del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de Jopala, Puebla, lo que hace un total a restituir de $122002,136.78 ciento veintidós millones dos mil ciento treinta y seis pesos 78/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Ayuntamiento de Jopala, Puebla, en términos de los artículos 58, fracción V, 60 y 62, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; y, ------------------------------------------------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes de Participaciones, del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN; que ascienden a la cantidad de $14503,230.28 catorce millones quinientos tres mil doscientos treinta pesos 28/100
Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en su artículo 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN TÉRMINO DE 12 AÑOS, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ------------------------------------------------------------TERCERO. Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, de conformidad al Considerando II de esta resolución, informe a la Auditoría Superior de la Federación, sobre las presuntas irregularidades provenientes de recursos federales, no comprobadas y justificadas por el citado exfuncionario. ------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO. Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, sin necesidad de nuevo mandamiento, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que remita copia certificada del mismo a la Secretaría de Contraloría del Estado de Puebla, para que de conformidad con sus atribuciones, proceda a hacer efectiva la sanción impuesta, y proceda a inscribir al funcionario público involucrado en el Registro Estatal y Nacional de Inhabilitados de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, para que de acuerdo con sus atribuciones proceda a hacer efectiva la sanción económica impuesta al involucrado de referencia, con fundamento en el artículo 8 del Código Fiscal del Estado de Puebla. --------------------------------------QUINTO. Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique al involucrado y al actual Presidente Municipal del Ayuntamiento de Jopala, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar.-------------------------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, al primer día del mes de marzo del año dos mil diecisiete. Diputado Presidente. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. FRANCISCO JAVIER
JIMÉNEZ HUERTA. Rúbrica. Diputado Secretario. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA. Rúbrica.
Diputado Secretario. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dos días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 26/07/2017 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date26/07/2017

Page count181

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First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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