Periódico Oficial de Puebla del día 15/05/2017 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunes 15 de mayo de 2017

100%, es decir los recursos públicos se aplicaron en su totalidad, por lo que en esta vía solicito se revisen y valoren técnica y legalmente deslindándome de toda responsabilidad al respecto y siendo el único requerimiento pendiente en esta cuenta pública 2011 y respecto de la Inspección Ocular con fecha tres de junio de dos mil dieciséis, se constata que existen pasos peatonales y andadores por lo que considero que es una obra de urbanización, es importante señalar que dichos alegatos fueron analizados en la irregularidad anteriormente expuesta, comprobando y justificando la cantidad de $258,577.33 doscientos cincuenta y ocho mil quinientos setenta y siete pesos 33/100 Moneda Nacional. -----------------------------------------------------------------------------TERCERO.- Derivado de lo anterior, tomando en consideración que como resultado de la debida valoración y análisis de las pruebas que constan en autos del expediente en el que se actúa, desvirtuó y solventó la irregularidad contenida en el Pliego de Cargos número 06126C/2011-2014, por un monto total de $258,577.33 doscientos cincuenta y ocho mil quinientos setenta y siete pesos 33/100 Moneda Nacional y para los efectos de determinar lo correspondiente, debe considerarse que el C. Juan Bolaños Aquino, no resultó administrativamente responsable por las faltas que en su momento se le imputaron. -----------------------------------------------------------------------------III.- Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 56 y 63, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis; 1, fracciones I y II, 3, fracciones I y VII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 15, 18, 20, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 91, 120, fracción II, 145 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: -----------------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO. El C. Juan Bolaños Aquino, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Antonio Cañada, Puebla, administración 2011-2014, y concretamente por el periodo auditado comprendido del quince de febrero al treinta y uno de diciembre de dos mil once, no es administrativamente responsable de la irregularidad que se le imputó, por las razones precisadas en el Considerando II de este Decreto.-----------------------SEGUNDO. Por la determinación a que se refiere el punto anterior, se aprueba la Cuenta Pública del Ayuntamiento de San Antonio Cañada, Puebla, específicamente por el periodo auditado comprendido del quince de febrero al treinta y uno de diciembre de dos mil once, representado por el C. Juan Bolaños Aquino, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Antonio Cañada, Puebla, administración 2011-2014. -------TERCERO. Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique al involucrado, para los efectos legales a que haya lugar. ----------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
Diputada Presidenta. SILVIA TANÚS OSORIO. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. PABLO RODRÍGUEZ
REGORDOSA. Rúbrica. Diputado Secretario. CARLOS DANIEL HERNÁNDEZ OLIVARES. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 15/05/2017 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date15/05/2017

Page count96

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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