Periódico Oficial de Puebla del día 27/03/2017 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Lunes 27 de marzo de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, del que se derivó el Pliego de Cargos vencido número 05612C/2010, las siguientes sanciones administrativas: ------------------------------------------a Por el Daño Patrimonial causado del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, Puebla, que asciende a la cantidad de $321,561.60 trescientos veintiún mil quinientos sesenta y un pesos 60/100 Moneda Nacional, derivado de Recursos Propios, de Subsidio Federal y de Consolidadas; se impone sanción económica por la cantidad de $80,390.40 ochenta mil trescientos noventa pesos 40/100 Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del daño total causado al Erario del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, Puebla, lo que hace un total a restituir de $401,952.00 cuatrocientos un mil novecientos cincuenta y dos pesos 00/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, Puebla, en términos de los artículos 58, fracción V, 60 y 62, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, y ------------------------------------------------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes de Recursos Propios, de Subsidio Federal, de Subsidio Estado y de Consolidadas; que ascienden a la cantidad de $1890,822.64 un millón ochocientos noventa mil ochocientos veintidós pesos 64/100 Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en su artículo 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN
TÉRMINO DE 6 AÑOS SEIS MESES, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ---TERCERO.- Una vez que quede firme la resolución contenida en el presente Decreto, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, de conformidad al Considerando II de esta resolución, informe a la Auditoría Superior de la Federación, sobre las presuntas irregularidades provenientes de recursos federales, no comprobadas y justificadas por el citado exfuncionario. ------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO.- Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, sin necesidad de nuevo mandamiento, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que remita copia certificada del mismo a la Secretaría de Contraloría del Estado de Puebla, para que de conformidad con sus atribuciones, proceda a hacer efectiva la sanción impuesta, y proceda a inscribir al funcionario público involucrado en el Registro Estatal y Nacional de Inhabilitados de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, para que de acuerdo con sus atribuciones proceda a hacer efectiva la sanción económica impuesta al involucrado de referencia, con fundamento en el artículo 8 del Código Fiscal del Estado de Puebla. --------------------------------------QUINTO.- Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique al involucrado y al actual Director General del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar. ------------------------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
Diputada Presidenta. SILVIA TANÚS OSORIO. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. PABLO RODRÍGUEZ
REGORDOSA. Rúbrica. Diputado Secretario. JULIÁN RENDÓN TAPIA. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO
SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 27/03/2017 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date27/03/2017

Page count51

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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