Periódico Oficial de Puebla del día 23/02/2017 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Jueves 23 de febrero de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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Fungir como Coordinador del Gabinete integrado por los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Por consiguiente, es conforme con tales atribuciones, así como con el objeto del Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que la propia Secretaría General de Gobierno sea quien lo presida.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 56, 57 fracción I, 64, 67 y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracciones II y VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide la siguiente Minuta de:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONA DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE PUEBLA
ÚNICO. Se reforma la fracción XLVII del artículo 34 y la fracción VI del 48; y se adiciona la fracción XLVIII al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, para quedar en los términos siguientes:
Artículo 34.-
I a XLVI.-
XLVII.- Presidir el Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y XLVIII.- Los demás que le atribuyan las Leyes, Reglamentos, Decretos, Convenios, Acuerdos y otras disposiciones vigentes en el Estado.
Artículo 48.-
I a V.-
VI.- Participar en el ámbito de su competencia, en el Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
VII a XL.-

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor el día de su publicación.
SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto por el presente Decreto.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil diecisiete.
Diputado Presidente. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. FRANCISCO
JAVIER JIMÉNEZ HUERTA. Rúbrica. Diputado Secretario. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN. Rúbrica.
Diputado Secretario. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil diecisiete.
El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica. El Secretario de Seguridad Pública. C. JESÚS ROBERTO MORALES RODRÍGUEZ. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 23/02/2017 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date23/02/2017

Page count3

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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