Periódico Oficial del Estado de México del día 27/02/2018 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

Página 2

27 de febrero de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE A TRAVÉS DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO
PROBOSQUE, PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN LOS PROGRAMAS: PAGO POR SERVICIOS
AMBIENTALES HIDROLÓGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO, PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES RECONVERSIÓN PRODUCTIVA, REFORESTACIÓN Y RESTAURACIÓN INTEGRAL DE MICROCUENCAS Y
COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL SERVICIO AMBIENTAL DE CAPTURA DE CARBONO EN EL ESTADO DE
MÉXICO, 2018.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18, 19, 20 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 15, 17, 19 Fracción VII, XVII, 32 Bis, 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 7 de la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México; 3.13, 3.15, 3.16, 3.17, 3.18, 3.19, 3.70, 3.93 y demás relativos y aplicables del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
y en el acuerdo del Ejecutivo Estatal publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 15 de noviembre de 2011, por el que la Protectora de Bosques del Estado de México se adscribe sectorialmente a la Secretaria del Medio Ambiente y;
CONSIDERANDO
Que en los últimos 50 años se han transformado los ecosistemas rápida y extensamente, en gran parte para resolver la demanda creciente de alimento, agua, madera, fibra y combustible; lo que ha generado una pérdida irreversible de la diversidad de la vida sobre la tierra. Los cambios en los ecosistemas han contribuido al bienestar humano y al desarrollo económico, pero con un alto costo, que implica un mayor riesgo de cambios no lineales y la acentuación de la pobreza, disminuyendo los beneficios para las generaciones venideras.
La presión que las zonas urbanas ejercen sobre las áreas boscosas es preocupante, debido a la alta concentración de población que requiere servicios de vivienda, agua, alimentación, salud y educativos principalmente. Lo anterior hace que la superficie de 835 mil hectáreas de bosque y selva con que cuenta la Entidad, de acuerdo con el Inventario Forestal del Estado de México 2010, tenga que garantizar el recurso hídrico para más de 17.3 millones de habitantes, clasificado por la CONAPO como el Estado más poblado de la República.
Qué no obstante los esfuerzos realizados por el Gobierno del Estado en sus acciones de reforestación, con base al Sistema de Información SIG 2016 realizado por el Instituto de Geografía de la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM, se estima que aún existen del orden de 206,306 hectáreas sin vegetación aparente, pastizal y matorral.
Que el desarrollo forestal sustentable considera prioritario superar la pobreza de la población de las áreas forestales, mediante el aprovechamiento racional de los recursos naturales y la preservación del ambiente, para satisfacer las necesidades de la generación presente, sin comprometer el bienestar de las generaciones futuras.
Desde esa perspectiva, el aprovechamiento racional para la dotación de agua a la población estatal situada alrededor de tres cuencas hidrológicas: Lerma, Pánuco y Balsas es desigual ya que la disponibilidad promedio es de solo 335
3 m /habitante/año; es decir, la disponibilidad es catorce veces menor al promedio nacional; existiendo 57 municipios del 3
Estado de México con dotaciones menores a los 200 m y 30 con dotaciones menores a 150.
Al Gobierno del Estado a través de la Secretaría del Medio Ambiente, por medio del Organismo Público Descentralizado PROBOSQUE le compete integrar las políticas, estrategias y acciones inherentes al pago por servicios ambientales y está comprometido con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero GEI, así como con el incremento de la captura de carbono, para evitar los efectos adversos del cambio climático. Este objetivo está acorde a los diversos instrumentos jurídico-legales y de planeación que existen en el Estado, incluyendo la Ley de Cambio Climático del Estado de México.
Así también se estableció el Programa de Plantaciones Forestales Comerciales - Reconversión Productiva a través del cual se busca que aquellos terrenos que no se cultivan por la falta de competitividad del sector agrícola y pecuario, puedan reconvertirse a su vocación original, siendo una estrategia efectiva para detener el crecimiento de la mancha urbana; y el Programa de Reforestación y Restauración Integral de Microcuencas PRORRIM, que prevé el otorgamiento de apoyos transitorios para fomentar el establecimiento de nuevas reforestaciones que contribuyan a mejorar las condiciones ambientales y dar mantenimiento por tres años consecutivos para garantizar el éxito de las reforestaciones y proveer materias primas forestales de calidad e impulsar el desarrollo forestal sustentable a nivel Estatal.
PROBOSQUE reconoce que para el desarrollo de sus programas y adopción de prácticas que no son comunes en el Estado de México, en concordancia con el marco jurídico-legal y de planeación existente en el Estado, se requiere de apoyos para reducir barreras y obstáculos en su implementación, además de generar condiciones de competencia económica contra usos alternativos de la tierra, representados por los costos de oportunidad que enfrentan los productores y usuarios de la tierra a los que los programas de PROBOSQUE van dirigidos.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 27/02/2018 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date27/02/2018

Page count64

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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