Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Séptima)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 4

6 de septiembre de 2017

Artículo 12. Si el Gobernador concede el indulto, enviará el expediente respectivo en un término de diez días hábiles al Comisionado, acompañando el acuerdo dictado y publicado al efecto, para su ejecución inmediata, expresando en el las restricciones de conducta que observará la o el beneficiado.
Asimismo, se notificará dicha determinación al Juez Ejecutor de Sentencias para los efectos legales procedentes.
CAPÍTULO TERCERO
DEL CONSEJO TÉCNICO INTERDISCIPLINARIO
SECCIÓN PRIMERA
DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO TÉCNICO INTERDISCIPLINARIO
Artículo 13. El Consejo Técnico es el Órgano Colegiado de la Dirección General integrado por los titulares o representantes de sus áreas directivas, laboral, técnica y de seguridad, además de las correspondientes a la institución penitenciaria.
Artículo 14. El Consejo Técnico tendrá las atribuciones siguientes:
I. Recibir a través de la Dirección General las solicitudes de indulto, que remita el Gobernador, para su sustanciación.
II. Realizar las acciones que estime necesarias para la debida integración de los expedientes, mismos que contendrán los antecedentes relativos a las solicitudes de indulto y la información pertinente de parte de las autoridades correspondientes, a fin de emitir sus recomendaciones o, en su caso, acordar lo conducente.
III. Analizar, determinar y calificar las solicitudes de indulto para determinar si reúne o no los requisitos exigidos por la Ley y dictaminar su procedencia o improcedencia.
IV. Realizar el estudio de los expedientes y antecedentes de cada caso, a fin de emitir las recomendaciones correspondientes.
V. Compartir entre sus integrantes, observaciones y comentarios derivados de los estudios realizados.
VI. Comunicar al Gobernador a través del Secretario General de Gobierno, el resultado de los estudios realizados, así como sus comentarios, conclusiones y opiniones correspondientes.
VII. Formular y entregar al Gobernador un dictamen informativo, dentro del plazo de diez días hábiles para recomendar la procedencia del indulto, que deberá contener por lo menos:
a.

El nombre completo, estado civil y edad de la o el sentenciado ejecutoriado.

b.

El delito o delitos por los cuales fue condenado, el tiempo de la pena privativa de libertad impuesta, así como el que ha compurgado de la misma.

c.

Una breve reseña de los hechos por los cuales fue juzgado y condenado.

d.

La exposición de motivos por los cuales se considera que la o el solicitante puede ser reintegrado a la sociedad y que resulta procedente o, en su caso, no conceder el indulto.

VIII. Las demás que le encomiende el Gobernador, el Secretario General de Gobierno y las leyes de la materia.
SECCIÓN SEGUNDA
DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO TÉCNICO INTERDISCIPLINARIO
Artículo 15. El Consejo Técnico se integra por:
I. La o el Director General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México, quien fungirá como Presidente.
II. La o el Director Técnico Legal de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México, quien fungirá como Secretario Ejecutivo.
III. Los vocales que serán:
a.

La o el titular de la Dirección de Operación y Seguridad de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México.

b.

La o el titular de la Dirección de Readaptación Social de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México.

c.

Un representante de las Jefaturas de Departamento de las áreas Técnicas de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date06/09/2017

Page count8

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930