Periódico Oficial del Estado de México del día 28/07/2017 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 4

II.9.

III.

28 de julio de 2017
a
Presidente Municipal, C. Julio César Serrano González: Constancia de Mayoría de fecha 10 de junio de 2015, expedida por el Instituto Electoral del Estado de México.

b
Encargada de despacho de la Sindicatura Municipal, C. Silvia Zepeda Andrade: Acuerdo de Cabildo de la Sesión Ordinaria de fecha 16 de marzo de 2017, que en el Punto V, inciso B, se aprobó por mayoría de votos de los integrantes del Cabildo del H. Ayuntamiento de San Mateo Atenco.

c
Secretario del Ayuntamiento, C. Sergio Mauricio Salazar Jiménez: Nombramiento de fecha 01 de enero de 2016, expedido por el Presidente Municipal, Julio César Serrano González.

d
Tesorera Municipal, C. Valeria Guillermina Hidalgo Escutia: Nombramiento de fecha 01 de enero de 2016, expedido por el Presidente Municipal, Julio César Serrano González y el Secretario del Ayuntamiento, Sergio Mauricio Salazar Jiménez.

Que tiene su domicilio en Av. Benito Juárez No. 302, Barrio de San Miguel, San Mateo Atenco, Estado de México, C.P. 52100.

De LAS PARTES
III.1.

EL ESTADO a través del Convenio de Colaboración Administrativa para la Administración, Recaudación y Recuperación de Multas Impuestas por Autoridades Administrativas Federales no Fiscales, respeta la autonomía financiera de EL MUNICIPIO y este se corresponsabiliza en la aplicación de procedimientos que fortalezcan su Hacienda mediante los estímulos derivados de la coordinación administrativa.

III.2.

Existe disposición de las autoridades de EL MUNICIPIO para convenir con EL ESTADO en asumir las funciones de administración, recaudación y recuperación de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, respecto de infractores que tengan su domicilio dentro de la circunscripción territorial de EL MUNICIPIO.

III.3.

El artículo 17 párrafo primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios, dispone que el Estado, los Municipios y los organismos públicos descentralizados podrán celebrar convenios para la administración y recaudación de contribuciones y aprovechamientos, adquiriendo la calidad de autoridades fiscales.

III.4.

En esta tesitura, estiman conveniente en términos de lo establecido en los artículos 115 fracciones I
primer párrafo, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 13 primer y segundo párrafo, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, en relación con las cláusulas SEGUNDA fracción V, DÉCIMA CUARTA, DÉCIMA
NOVENA fracción VIII y VIGÉSIMA TERCERA del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2015 y en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 05 de agosto de 2015; 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II, IV y VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 31 fracciones II y XLVI y 48 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 16 y 17 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 4 fracción IV, 7 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, sujetarse y coordinarse para que el presente Convenio se lleve a cabo en términos de lo establecido en las cláusulas que se citan en el mismo.

III.5.

Que LAS PARTES se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que tienen para la suscripción del presente Convenio de Colaboración Administrativa, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS

DEL OBJETO.
PRIMERA.- El presente Convenio tiene como objeto la colaboración administrativa entre EL ESTADO y EL
MUNICIPIO para que este último asuma las funciones operativas de administración, recaudación y recuperación a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución de los créditos fiscales, respecto de las multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales a los infractores domiciliados dentro de la circunscripción territorial de EL MUNICIPIO; las cuales tienen el carácter de aprovechamientos.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 28/07/2017 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date28/07/2017

Page count32

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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