Periódico Oficial del Estado de México del día 22/06/2015 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

22 de junio de 2015

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Coincidimos en que, en nuestra entidad. la planeación democrática se erige como una herramienta valiosa, que en tanto que proceso de consulta popular, se reafirma como la más pura expresión de un pueblo que se quiere libre, responsable, actor de su progreso y forjador de su futuro.
En este orden, la iniciativa de decreto tiene como finalidad instituir en ley los planes de desarrollo de largo plazo en la Administración Pública Estatal y en las administraciones públicas municipales, con el propósito de establecer prioridades durante los siguientes treinta años para tener un desarrollo sustentable, pudiéndose tener la posibilidad de reprogramar dichos planes cada seis años para el caso de la Administración Estatal y cada tres años para la Administración Municipal.

Advertimos que es correcto, sentar las bases para la instrumentación de la planeación de largo plazo, la cual 9s concebida en la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios como el "periodo de más de tres años para el Gobierno Municipal y de más de seis años para el Gobierno Estatal, utilizado en la estrategia de planeación del desarrollo".

Es evidente que al instrumentarse los planes de desarrollo a largo plazo se tendrán los cimientos para darle sustentabilidad al Gobierno del Estado y a las administraciones municipales más allá de los cambios de titulares que se den dentro del proceso democrático, incluso en aquellos casos en donde se dé la alternancia de un partido político a otro.

Es conveniente que las administraciones estatal y municipales sustenten sus acciones con una visión de largo plazo, que cada que inicie una Administración no se tengan que reinventar nuevas acciones, ya que los planes de desarrollo deberán formar parte de esos planes de largo plazo, sobre todo en lo concerniente al desarrollo urbano y a la vivienda.

Creemos que, la planeación para el desarrollo habrá de acercarnos aún más a nuestra realidad para entenderla mejor; para ser capaces de definir con pertinencia y precisión lo que queremos, en un ejercicio compartido entre quienes saben los qué, los cuándo, los cómo, los dónde de nuestras necesidades y aspiraciones, y quienes pueden darles viabilidad desde las instancias públicas.

Reconocemos que mientras más personas participen en la planeación democrática a largo plazo, más mexicanos se beneficiarán del desarrollo. Trabajemos más y mejor, pero sobre todo, hagámoslo juntos.
En consecuencia, acreditada la justificación social de la iniciativa de decreto y el cumplimiento de los requisitos legales de fondo y forma, nos permitimos concluir con los siguientes:

RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Es de aprobarse la Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, conforme al presente dictamen y el proyecto de decreto correspondiente.

SEGUNDO.- Previa discusión y en su caso, aprobación del pleno legislativo, expídase el Decreto que adjunto se acompaña.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 22/06/2015 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date22/06/2015

Page count8

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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