Periódico Oficial del Estado de México del día 09/01/2012 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

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9 de enero de 2012

como instrumento para lograr el ejercicio de las atribuciones que la propia Constitución y las leyes otorgan al Estado como rector de la vida económica, social, política y cultural del país.
Que en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal se suscribió el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 10 de diciembre de 2008 y en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 12 de enero de 2009.
Que en términos de los artículos 2 último párrafo, 3 segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación; y 12 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, los gastos de ejecución son accesorios de las contribuciones y aprovechamientos y participan de la naturaleza de la suerte principal.
Asimismo, que los artículos 150 del Código Fiscal de la Federación y 377 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, establecen con cargo al sujeto pasivo del crédito fiscal los gastos derivados del Procedimiento Administrativo de Ejecución PAE.
Que para el ejercicio fiscal de 2012, la política de ingresos continuará fortaleciendo la suficiencia de recursos para atender las demandas sociales y garantizar la equidad tributaria, coadyuvando a la estabilidad económica del Estado, por lo que con la finalidad de que la administración pública cumpla con sus objetivos mediante políticas y estrategias públicas basadas en la planeación, programación y correcto ejercicio de los ingresos públicos, el artículo 5 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2012 establece que las erogaciones que se realicen con cargo a los ingresos que se obtengan por concepto de gastos de ejecución que perciba el fisco estatal, se realizará conforme a las reglas de carácter general que expida la Secretaría de Finanzas dentro de los primeros 45 días a partir de la entrada en vigor de la Ley en cita.
Atento a lo anterior, se emiten las siguientes:
"REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA DISTRIBUIR LOS INGRESOS QUE PERCIBE EL FISCO ESTATAL POR
CONCEPTO DE GASTOS DE EJECUCIÓN, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO
DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2012"

I.

SUJETOS.
Los servidores públicos adscritos a la Dirección General de Recaudación de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, que realicen funciones de dirección, coordinación, administración, notificación, ejecución y cualquier otra relacionada con la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución PAE; así como el personal de la Dirección de Administración de Cartera que sea comisionado a las Delegaciones Fiscales para llevar a cabo las funciones de supervisión por periodos iguales o mayores a un mes;
conforme a lo siguiente:
a Notificación.
b Ejecución.
c Coordinación de notificaciones.
d Archivo, recepción e integración de expedientes.
e Correspondencia, altas, afectación, actualización y depuración de créditos en el Subsistema de Administración de Cartera.
Investigaciones y seguimiento a contribuyentes no localizados.
g Informes.
h Resolución de pago a plazos.
i Control de la bóveda de créditos.
j Seguimiento a créditos controvertidos.
k Aceptación de garantías del interés fiscal.
1 Coordinación para la emisión de mandamientos, acuerdos, requerimientos, convocatorias, cartas invitación; en los ámbitos federal y estatal.
m Elaboración de mandamientos, acuerdos, requerimientos, convocatorias, cartas invitación; en los ámbitos federal y estatal.
n Seguimiento y actuaciones relacionadas con remates.
o Seguimiento y actuaciones relacionadas con intervenciones.
p Control y seguimiento de créditos fiscales.
q Control y seguimiento de cobro coactivo.
r Coordinación de la administración de la cartera de créditos, o supervisión y seguimiento que realiza la Dirección General de Recaudación a través de sus diferentes unidades administrativas.
Para acreditar que los servidores públicos desempeñan alguna de las funciones antes señaladas, !a Dirección de Administración de Cartera emitirá el
CATÁLOGO DE FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y

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Periódico Oficial del Estado de México del día 09/01/2012 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date09/01/2012

Page count16

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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