Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2010 (Sección Séptima)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 2

GACETA
LDEL O 0 OHNE Ft ti 0

14 de septiembre de 2010

Participación Social, integrado por autoridades escolares, docentes, padres de familia e incluso representantes de la comunidad.
Que es necesario canalizar la voluntad de los padres de familia en los programas y acciones encaminados al fortalecimiento de la educación, provenientes de los tres órdenes de gobierno. Asimismo, que éstos conozcan y participen de manera más directa en los resultados de las evaluaciones realizadas por las autoridades educativas, a fin de que se lleven a cabo las acciones idóneas para mejorar el logro educativo.
Que las actuales condiciones sociales y económicas demandan de los consejos escolares de participación social una colaboración decidida, con los demás integrantes de la comunidad educativa, para desarrollar acciones que tengan como objeto el mejoramiento de la infraestructura escolar, la protección y seguridad en las escuelas, el impulso a la activación física, el consumo de alimentos saludables y el cuidado al medio ambiente.
Que con fecha 8 de junio del año en curso, la Secretaría de Educación Pública publicó el Acuerdo número 535 por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Operación de los Consejos Escolares de Participación Social, complementarios del Acuerdo Secretarial número 280 por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Constitución y Funcionamiento de los Consejos de Participación en la Educación, disposiciones que obligan a las autoridades estatales a actualizar las normas locales en materia de participación social en la educación.
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
REGLAMENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN DEL SUBSISTEMA
EDUCATIVO FEDERALIZADO, PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL 3 DE SEPTIEMBRE
DE 2007
ÚNICO.- Se reforman los artículos 25 fracción V y la actual V pasa a ser la VI, 29, 51 fracción IV inciso b, 52 y 54
fracciones II, VI, X, XII y XIII; se adicionan la fracción X al artículo 8, las fracciones XIV, XV, XVI, XVII y XVIII al artículo 54 y la Sección Quinta del Capítulo Segundo, para quedar como sigue:
Artículo 8.-
I a IX
X.- Elegir en asamblea general de la asociación de padres de familia, a los representantes de esta asociación, para integrar el Consejo Escolar y los comités a que se refiere la fracción IV del artículo 70 del presente Reglamento.
Artículo 25.-
I a IV
V. Informar al Comité del Establecimiento de Consumo Escolar, las irregularidades que se cometan en cuanto a la calidad, valor nutricional e higiene de los alimentos y bebidas que se expendan en dicho establecimiento, así como sobre los demás productos y servicios que ofrezca.
VI
Artículo 29.- La autoridad educativa escolar y la mesa directiva saliente, cuando ésta exista, convocarán dentro de los primeros quince días hábiles siguientes al inicio de cada ciclo escolar, a los padres de familia para que, reunidos en asamblea general constituida cuando menos por el cincuenta por ciento más uno de sus integrantes, elijan a la mesa directiva y a los representantes de los padres de familia que integrarán el Consejo Escolar y los comités a que se refiere la fracción IV del artículo 70 de este Reglamento.
Artículo 5 I

b Tres padres de familia electos en asamblea general de la asociación respectiva;
Artículo 52.- El consejo escolar deberá constituirse durante la tercera semana del mes de septiembre de cada ciclo escolar, y sus integrantes podrán desempeñar sus funciones por dos ciclos escolares, con excepción del director escolar.
El director de la escuela será el responsable de integrar e instalar el consejo, levantando el acta respectiva.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2010 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date14/09/2010

Page count28

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2010>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930