Periódico Oficial del Estado de México del día 15/03/2024 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 15 de marzo de 2024

Sección Segunda
Tomo: CCXVII No. 50

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y una leyenda que dice: GUBERNATURA, Oficina de la Gobernadora.
DECRETO POR EL QUE SE EMITE EL PLAN DE DESARROLLO DEL ESTADO DE MÉXICO 2023-2029.
MAESTRA DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 77, FRACCIÓN VI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO, 15, FRACCIÓN VI Y 22 DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y
CONSIDERANDO
Que el artículo 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, define que el desarrollo de la entidad se sustenta en el Sistema Estatal de Planeación Democrática, que imprime solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la libertad y la democratización política, social y cultural del Estado.
Que la planeación democrática para el desarrollo es uno de los medios para lograr el progreso económico y social del Estado de México y sus municipios, especialmente para atender las necesidades básicas que permitan el mejoramiento de la calidad de vida de la población y lograr una sociedad más próspera e inclusiva, con la participación de los sectores público, social y privado.
Que la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios establece las bases de operación del Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios, así como de la formulación, instrumentación, colaboración, concertación, control y seguimiento de la ejecución y la evaluación de la estrategia de desarrollo contenida en el Plan de Desarrollo del Estado de México, y de la participación democrática de los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, los gobiernos municipales y los habitantes de la entidad en su formulación.
Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible cuenta con diecisiete objetivos y ciento sesenta y nueve metas, alineados a diferentes indicadores que se deben medir de manera sistemática, transparente y abierta, que son retomados por el Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029.
Que compete a la Titular del Ejecutivo Estatal establecer los criterios para la formulación, instrumentación, ejecución, control y evaluación del Plan de Desarrollo del Estado de México y sus programas, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, así como aprobar y ordenar la publicación y divulgación del mismo.
Que para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y su Reglamento, en torno al proceso de formulación del Plan de Desarrollo del Estado de México, así como atender a los principios de la planeación democrática, el 15 de noviembre de 2023 se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno la Metodología para la elaboración del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, la cual define los lineamientos y elementos generales que permitieron integrar el instrumento que guiará las acciones de la actual administración pública estatal.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029 es el instrumento rector de la planeación estatal en el que se expresan los anhelos, prioridades aportaciones y demandas sociales de la población mexiquense, a través de objetivos, estrategias y líneas de acción en materia de gobierno, bienestar social, derechos humanos, ambiental y desarrollo económico, para promover y fomentar el desarrollo sostenible y mejorar la calidad de vida de la población, orientando la acción pública hacia ese fin.
Que dicho documento está estructurado sobre los cuatro Ejes del Cambio y tres Ejes Transversales definidos para atender los problemas que históricamente ha padecido la entidad, con base en el permanente diálogo sostenido con el pueblo mexiquense en los múltiples recorridos por el estado y los Foros de Consulta Popular que se realizaron para la elaboración de este Plan de Desarrollo, así como en las Audiencias Ciudadanas.
Que estos ejes del cambio y ejes transversales se sustentan en el Humanismo Mexicano, que sintetiza los principios políticos, económicos y sociales de la Cuarta Transformación, al fomentar el progreso con justicia, pluralidad, inclusión, austeridad y honestidad; donde el gobierno y el poder están al servicio del pueblo.
Que en fecha 21 de noviembre de 2023, se instaló el Consejo Consultivo con la finalidad de contar con un órgano colegiado encargado de contribuir a la formulación del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, el cual se integró por los miembros del Gabinete Legal, así como representantes de los Poderes Judicial y Legislativo.
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y a través de un ejercicio democrático, se llevaron a cabo los Foros de Consulta Popular para la Elaboración del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029 del 29 de noviembre al 15 de diciembre del 2023, y se habilitó hasta el 22 de diciembre del 2023 en el Portal Ciudadano del Gobierno del Estado de México la plataforma en línea denominada "Consulta Popular para la elaboración del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029 con la finalidad de recibir las propuestas de la población mexiquense interesada en contribuir en la integración del Plan de Desarrollo.
Que en la integración del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029 se contó con una amplia participación de los sectores público, social, privado y académico, así como de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres y jefas de familia, migrantes, pueblos originarios de la entidad, la comunidad LGBTTTIQ+, personas afrodescendientes, y de la población en general, por lo que se han tomado en cuenta las opiniones y aportaciones de cada uno de estos sectores con una visión integral, interseccional e incluyente, consolidándose como el mandato del pueblo mexiquense para lograr el bienestar y la justicia social.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, al que se sujetarán obligatoriamente las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal, será la base para la elaboración de los programas necesarios para dar cumplimiento a los objetivos y a las metas establecidas para la presente Administración.

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PERIÓDICO OFICIAL

2

Gobierno del Estado de México

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Periódico Oficial del Estado de México del día 15/03/2024 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date15/03/2024

Page count296

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

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