Periódico Oficial del Estado de México del día 23/06/2023 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 23 de junio de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXV No. 112

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77, FRACCIONES II, XXXVII, XXXVIII Y LI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2, 4, 7, 27 Y 29 DE LA
LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que la necesidad de dotar de certeza jurídica a los hechos y actos que generan consecuencias de derecho sustenta la fe pública notarial, con la cual, notarias y notarios atestiguan y hacen constar, a través de la formalización y dación de dicha fe, coadyuvando con el Estado para garantizar el respeto a los derechos y bienes de las personas.
Que la función notarial es el conjunto de acciones de orden público para garantizar el adecuado desempeño y la seguridad jurídica en el ejercicio de dicha actividad autenticadora al servicio de la sociedad, realizada por quien es profesional del derecho y ha recibido del Gobernador del Estado nombramiento para ejercer las funciones propias del notariado, investido de fe pública.
Que las fedatarias y fedatarios públicos tienen a su cargo, en los casos en que no estén encomendadas expresa y exclusivamente a las autoridades, funciones de orden público que incluyen dar formalidad a los actos jurídicos y dar fe de los hechos que le consten.
Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado el 1 de abril de 1972, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, se otorgó al licenciado Gabriel Escobar y Ezeta, FIAT, para ejercer la función notarial, como responsable de la Notaría Pública número dos, del Distrito Judicial de Toluca, con las facultades y obligaciones que la misma Ley del Notariado le impone, ahora Notaría Pública 5 del Estado de México, con residencia en Toluca.
Que el 29 de mayo de 2023, el licenciado Gabriel Escobar y Ezeta, titular de la Notaría Pública 5 del Estado de México, con residencia en Toluca, presentó solicitud de licencia para separarse del ejercicio de la función notarial, por el término de un año renunciable a partir del 18
de julio de 2023.
Que siendo de orden público la función notarial, su prestación debe darse en forma permanente para no afectar los intereses de los particulares que tramitan sus asuntos en la notaría de referencia.
Que la solicitud de licencia se encuentra ajustada a derecho conforme a lo dispuesto por la Ley del Notariado del Estado de México, siendo facultad del Gobernador del Estado designar a un notario para que se haga cargo interinamente de la notaría que se trate.
En mérito de lo expuesto, se expide el siguiente:
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CONCEDE LICENCIA PARA SEPARARSE DE LA FUNCIÓN NOTARIAL, POR EL TÉRMINO DE UN AÑO RENUNCIABLE AL LICENCIADO GABRIEL ESCOBAR Y EZETA, TITULAR DE LA NOTARÍA
PÚBLICA 5 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO DE TOLUCA Y SE NOMBRA NOTARIA INTERINA.
PRIMERO. Se concede al licenciado Gabriel Escobar y Ezeta, titular de la Notaría Pública número 5 del Estado de México, con residencia en el Municipio de Toluca, licencia para separarse de la función notarial, por el término de un año renunciable.
SEGUNDO. Se nombra a la licenciada Margarita Gómez Montes de Oca, notaria interina de la Notaría Pública número 5 del Estado de México, con residencia en el Municipio de Toluca, para desempeñar la función notarial durante el término de la licencia concedida al notario titular.
TERCERO. Notifíquese el presente al licenciado Gabriel Escobar y Ezeta para su conocimiento y efectos legales correspondientes.
CUARTO. Notifíquese el presente a la licenciada Margarita Gómez Montes de Oca, para los efectos del artículo 18 de la Ley del Notariado del Estado de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el dieciocho de julio de dos mil veintitrés.
TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo por una sola vez en un diario de mayor circulación en la entidad.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días del mes de junio de dos mil veintitrés.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, DR. RODRIGO ESPELETA ALADRO.- RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 23/06/2023 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date23/06/2023

Page count28

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

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