Periódico Oficial del Estado de México del día 02/05/2018 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 4

2 de mayo de 2018

9.- INFORMACIÓN ADICIONAL
a b
c d e f
La documentación e información que proporcionen los aspirantes será remitida y verificada ante las instituciones competentes, por lo que cualquier falsedad detectada en ellos será notificada a las autoridades correspondientes para que se proceda conforme a Derecho.
En cualquier etapa del proceso, que incluye el reclutamiento, la selección e ingreso, al detectar el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, se procederá a la cancelación del registro de aspirante o baja definitiva del cadete y en su caso a la anulación de los estudios que haya realizado en el Curso Básico de Formación Inicial, independientemente de las responsabilidades administrativas y/o penales que se puedan originar.
La resolución sobre los resultados de la entrevista, de las evaluaciones y sobre la procedencia o no de su ingreso al Curso Básico de Formación Inicial serán inapelables, reservadas y confidenciales.
La calidad de aspirante no establece relación laboral o vínculo alguno con la Secretaría de Seguridad del Estado de México ni el Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia pues representa únicamente la posibilidad de participar en el proceso respectivo.
Todas las etapas del proceso son gratuitas, cualquier irregularidad se deberá reportar al teléfono: 01-722-275-83-00, ext. 10706.
Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Comisión del Servicio Profesional de Carrera del Estado de México.

FIRMA


MTRA. MARIBEL CERVANTES GUERRERO
SECRETARIA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.

LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
ESTADO DE MÉXICO
De conformidad con lo establecido en los artículos 78 y 86 Bis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1, 2, 78, 85, 86
y 88 apartado A de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 3, 19 fracción II, 21 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 140, 150, 152, 152 de la Ley de Seguridad del Estado; 2 y 4 fracciones VII, XIII y XIX de la Ley que Crea el Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia; 20 fracción II del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México; 5 fracción III, 43, 44, 45, 46, 51, 53, 55, 61 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México; y Quinto Transitorio del Decreto 244 de la H. LIX Legislatura del Estado de México;
CONVOCA
A las personas que cuenten con vocación de Institucionalidad, Servicio, Disciplina y Honestidad, y que cumplan con los requisitos establecidos dentro de la presente convocatoria, a participar en el proceso de reclutamiento, selección e ingreso a incorporarse como POLICÍA PROCESAL en el programa de fortalecimiento del estado de fuerza de la Subsecretaría de Control Penitenciario.
1.-REQUISITOS
Para ser Policía Procesal en cualquiera de las modalidades previstas por la Ley en el Estado de México, se deberá contar con el perfil de ingreso y cumplir con los siguientes requisitos:
1.
2.
3.
4.
5.

Ser ciudadanoa mexicanoa y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
Tener entre 19 y 30 años cumplidos al momento de su evaluación en el centro de control y confianza.
Estatura mínima para hombres 1.60 metros y para mujeres 1.55 metros.
Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios correspondientes a la enseñanza del nivel medio superior bachillerato.
Firmar consentimiento para someterse a las evaluaciones de control de confianza que prevé los ordenamientos; presentar y aprobar la evaluación.
6. Índice de masa corporal mayor a 18.5 y 34.9 puntos según las metodologías de cálculos emitidas por la Organización Mundial de Salud.
7. Gozar de buena salud física y mental, así como contar con una condición mínima requerida, acorde con la edad y con las exigencias de la rutina en el proceso de Curso Básico de Formación Inicial y que no pongan en riesgo su integridad.
8. No tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas y cumplir con el perfil de personalidad que exijan las disposiciones aplicables.
9. Se considerará la continuidad del proceso, en caso de contar con inserciones, dibujos o grabados en la piel, que no sean visibles al portar el uniforme pantalón y camisola manga corta, salvo el caso de delineado permanente en cejas, ojos y boca. Se permite el uso de perforaciones en el cuerpo no expansiones, quedando estrictamente prohibida la portación durante el servicio.
10. Saber conducir automóviles y tener licencia de manejo vigente.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 02/05/2018 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date02/05/2018

Page count8

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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