Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2017 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

29 de noviembre de 2017

Página 7

En ese sentido, en la Secretaría de Salud, recae la conducción de servicios dirigidos a la prevención de enfermedades y a la promoción de la salud en grupos poblacionales definidos y aquellas que tienen que ver con la organización de servicios dirigidos a la atención curativa individual.
Por ello y para favorecer la aplicación de las políticas gubernamentales en materia y evitar una posible duplicidad de estructuras, estimamos adecuado que el cargo de Director General del Instituto de Salud del Estado de México pueda ser asumido por la o el Secretario del Salud, sin que esto genere una doble remuneración, pues por la naturaleza de la materia dichas funciones son susceptibles de ser asumidas por la misma persona.
En consecuencia, creemos que la propuesta legislativa es correcta y, por lo tanto, resulta procedente, ya que armoniza la integración del Consejo Interno del Instituto de Salud del Estado de México para que, con apego a la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México y en su carácter de órgano de gobierno interno se integre con un Presidente, quien será la o el Titular de la Secretaría de Salud, un Secretario, quien será designado por el Consejo Interno a propuesta de su Presidente, un Comisario, quien será el representante de la Secretaría de la Contraloría y ocho vocales que son en términos de las disposiciones jurídicas vigentes, los representantes de las secretarías de Finanzas, del Trabajo, de Educación, de Desarrollo Urbano y Metropolitano, de Desarrollo Agropecuario, del Medio Ambiente, así como un representante de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal y otro de los trabajadores designado por el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
De esta forma, estimamos se favorecerá la integración del Consejo Interno del Instituto de Salud del Estado de México, en congruencia con lo establecido en la ley y sus propios objetivos.
Por las razones expuestas, justificada la procedencia de la iniciativa de decreto y cubiertos los requisitos legales de fondo y forma, nos permitimos concluir con los siguientes:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- Es de aprobarse la Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 2.6 del Código Administrativo del Estado de México, para modificar la integración del Consejo de Directivo del ISEM, de conformidad con este dictamen y en el proyecto de decreto correspondiente.
SEGUNDO.- Se adjunta el Proyecto de Decreto para los efectos procedentes.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.
COMISIÓN LEGISLATIVA DE GOBERNACIÓN Y
PUNTOS CONSTITUCIONALES
PRESIDENTE
DIP. JORGE OMAR VELÁZQUEZ RUIZ
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2017 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date29/11/2017

Page count8

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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