Periódico Oficial del Estado de México del día 24/02/2011 (Sección Quinta)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 4

GCE TA

CDEL Zs ES I IE F ie.. O

24 de febrero de 2011

mediante la presentación del comprobante de pago emitido por las instituciones de banca múltiple o establecimientos mercantiles autorizados por la Secretaría de Finanzas, así como el formato universal de pago utilizado para tal efecto o certificación del ingreso correspondiente debidamente autorizado por la Secretaría de Finanzas.
TERCERO.- Los concesionarios, permisionarios y autorizados que pretendan obtener los beneficios a los que hace referencia el presente Acuerdo y que hayan interpuesto, respecto del cobro de los derechos a que se refiere éste, algún medio de defensa o impugnación, a través de la vía administrativa o judicial, deberán previamente desistirse de tales procesos, exhibiendo ante las autoridades de la Secretaría de Transporte, copia certificada del acuerdo que hubiere recaído a la presentación del escrito de desistimiento.
Cuando los concesionarios, permisionarios y autorizados no estén en condiciones de desistirse por que ya existe resolución desfavorable de la autoridad ante quien se interpuso el medio de impugnación o defensa, no tendrá derecho a los beneficios que por este acuerdo se conceden.
CUARTO.- Las cantidades pagadas con anterioridad a la entrada en vigor de éste Acuerdo, por los conceptos respecto de los cuales se otorgan subsidios de conformidad con el numeral primero del presente, no darán derecho a devolución o compensación.
QUINTO.- No obstante la vigencia de los beneficios señalados en el punto Primero del presente Acuerdo, los concesionarios, permisionarios y autorizados, deberán presentar los documentos y cumplimiento de los requisitos a que se refieren sus numerales Segundo y Tercero, hasta el día 01 de diciembre de 201 I .
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Segundo.- Este acuerdo entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Tercero.- Se deroga cualquier disposición de igual o menor jerarquía que se oponga al presente.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil once.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO
RUBRICA.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA
RUBRICA.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 24/02/2011 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date24/02/2011

Page count4

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728