Periódico Oficial del Estado de México del día 12/03/2024 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Martes 12 de marzo de 2024

Sección Primera
Tomo: CCXVII No. 47

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Estado de México El poder de servir! y una leyenda que dice: FINANZAS, Secretaría de Finanzas, Subsecretaría de Ingresos, Dirección General de Fiscalización.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN
DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO DELEGA FACULTADES A LAS PERSONAS TITULARES DE LAS DIRECCIONES DE
PROGRAMACIÓN; OPERACIÓN REGIONAL 1; OPERACIÓN REGIONAL 2; PROCEDIMIENTOS LEGALES Y
NORMATIVOS; Y VERIFICACIÓN ADUANERA; Y DE LAS DELEGACIONES DE FISCALIZACIÓN DE ECATEPEC, NAUCALPAN, NEZAHUALCÓYOTL, TLALNEPANTLA Y TOLUCA.
L.C. FRANCISCO ERNESTO PADILLA CAMACHO, Director General de Fiscalización, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, 21, 23 fracción III, 28 y 29 fracciones II, III, IV, VI y L de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 5 y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 1.4
segundo párrafo del Código Administrativo del Estado de México; y 3 párrafo primero, fracciones I y VI, y párrafo segundo, 4 fracciones II y IV, 9 fracción IV, 11 fracción II, 15 y 16 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas;
y en consideración de lo autorizado por la persona titular de la Secretaría de Finanzas mediante oficio 2070A000000020/2024 de fecha 12 de enero de 2024; y CONSIDERANDO
Que en fecha 19 de noviembre de 2008 fue suscrito el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico, y el Gobierno del Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2008 y en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México el 12 de enero de 2009, en cuya cláusula TERCERA transitoria se otorgó vigencia al Anexo 8 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal antes citado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de marzo de 2008 y en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno"
del Estado de México el 1o. de abril de 2008.
Que el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, asumió la función de administrar los ingresos federales señalados en la Cláusula Segunda del Convenio referido en el párrafo precedente, incluyendo la verificación del cumplimiento de obligaciones fiscales y aduaneras.
Que en fecha 24 de junio de 2015 se suscribió el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2015 y en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 5 de agosto de 2015; con el cual el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, continua asumiendo la función de administración de los ingresos federales señalados en la Cláusula Segunda de dicho Convenio.
Que en fecha 24 de abril de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, y el 30 de abril de 2020 en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, el Acuerdo por el que se modifica el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de México.
Que el 16 de septiembre de 2023, entró en vigor el Decreto número 182 de la H. "LXI" Legislatura del Estado de México, por el que se expidió la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la cual establece las bases para la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Estatal, Centralizada y Paraestatal, y que en su Artículo Cuarto Transitorio se señaló que la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado debía expedir la reglamentación de las dependencias en un plazo de 90 días naturales, a partir de su entrada en vigor.
Que en congruencia con la estructura de organización necesaria para el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Finanzas, y con el fin de precisar las líneas de autoridad de sus unidades administrativas y de su Órgano Interno de Control, para una adecuada distribución del trabajo, que favorezca el cumplimiento de los planes y programas a su cargo; el día 1 de enero de 2024 entro en vigor el Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas publicado el día 20
de diciembre de 2023 en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, quedando abrogado el Reglamento Interior de la edomex.gob.mx legislacion.edomex.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL

2

Gobierno del Estado de México

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Periódico Oficial del Estado de México del día 12/03/2024 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date12/03/2024

Page count120

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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