Periódico Oficial del Estado de México del día 06/05/2022 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Viernes 6 de mayo de 2022

Sección Primera
Tomo: CCXIII No. 80

Como consecuencia de lo anterior, y en términos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal, LA SECRETARÍA podrá ordenar, autorizar y coordinar el acto administrativo de la verificación para comprobar el cumplimiento de las condiciones, obligaciones o requerimientos para una obra, unidad económica, inversiones o proyectos.
IV. Por otro lado, el Plan de Desarrollo Municipal de Valle de Bravo 2022-2024, es el resultado de un trabajo plural e incluyente, realizado con la colaboración activa de la ciudadanía, expertos de los sectores privado, académico y de las organizaciones de la sociedad, así como de las autoridades municipales electas democráticamente, en el cual se enuncian las directrices y ejecución de las políticas públicas, programas, proyectos y acciones que dan rumbo a la presente administración municipal.
V. De conformidad con el artículo 116, fracción VII, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Estados están facultados para convenir con sus municipios la asunción del ejercicio de sus funciones, la ejecución, operación de las obras y la presentación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo hagan necesario.
En este sentido, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 77, fracción XXXIX, faculta al Gobernador del Estado de México a convenir con los Municipios para que el Gobierno del Estado, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal del ejercicio de funciones o de la prestación de servicios públicos municipales, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por LAS
PARTES.
DECLARACIONES
1.

De LA SECRETARÍA:

1.1 Es la dependencia de la Administración Pública del Estado de México, encargada de diseñar y coordinar la política jurídica y de acceso a la justicia del Poder Ejecutivo, así como en materia de mejora regulatoria, además de presidir, dirigir, coordinar, supervisar y organizar al Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México, en lo sucesivo EL INVEAMEX, en términos de lo dispuesto por los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 19 fracción XVIII y 38 Ter, primer párrafo y fracción XXXVII
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 4, apartado B, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, publicado el 04 de febrero de 2021, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
1.2 Su titular, el Maestro en Ciencias Jurídicas Rodrigo Espeleta Aladro, cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 4, 6 y 7, fracciones I, II, XLI, XLVI, LII y LIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.
1.3 EL INVEAMEX es un órgano desconcentrado de LA SECRETARÍA, con autonomía técnica y operativa en el ejercicio de sus atribuciones, que tiene por objeto ordenar, autorizar y coordinar el acto administrativo de la verificación, respecto del cumplimiento de las condiciones, obligaciones o requerimientos para una obra, unidad económica, inversiones o proyectos, en términos de lo dispuesto por los artículos 1, 3 y 4 de la Ley que crea el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México; 4, apartado B, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.
1.4 El Director General de EL INVEAMEX, el Licenciado en Derecho Luis Miguel Sánchez López, cuenta con las facultades suficientes para asistir a la firma del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6 y 8, fracciones I, IV, XXV y XXXI de la Ley que crea el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México.
1.5 Para efectos del presente Convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Sebastián Lerdo de Tejada, número 300, colonia Centro, Toluca de Lerdo, Estado de México, código postal 50000.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 06/05/2022 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date06/05/2022

Page count80

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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