Periódico Oficial del Estado de México del día 12/02/2015 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

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12 de febrero de 2015

8.3 Instancia ejecutora Las Subsecretarías de Desarrollo Regional del Valle de Toluca, del Valle de México Zona Nororiente y del Valle de México Zona Oriente y sus Coordinaciones Regionales de la Secretaría de Desarrollo Social, serán las responsables de operar el programa, en los municipios de su competencia.
8.4 Comité de Admisión y Seguimiento 8.4.1 Integración El comité se integrará por:
a Un presidente, quien será el Secretario de Desarrollo Social;
b Un secretario, quien será el Director General de Programas Sociales de la SEDESEM;
c Nueve vocales, quienes serán:
Un/a representante de la Secretaría de Finanzas;
Un/a representante de la Secretaría de Salud;
Un/a representante de la Secretaría de Educación;
Un/a representante del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
Los titulares de las tres Subsecretarías de Desarrollo Regional de la SEDESEM;
El Coordinador de Seguimiento de Programas Sociales de la SEDESEM; y El Coordinador de Administración y Finanzas de la SEDESEM;
d Un representante de la Secretaría de la Contraloría, quien será el Contralor Interno de la SEDESEM; y e Un integrante de la sociedad civil o institución académica.
Cada uno/a de los/as integrantes nombrará a un/a suplente.
El cargo otorgado dentro del comité será honorífico.
Los/as integrantes tendrán derecho a voz y voto, con excepción de el/la representante de la Secretaría de la Contraloría, quien sólo tendrá derecho a voz.
Las decisiones del comité se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el/la presidente/a tendrá voto de calidad.
El comité sesionará trimestralmente en forma ordinaria y extraordinaria cuando sea necesario.
El/la secretario/a expedirá la convocatoria por acuerdo de el/la presidente/a, con tres días hábiles de anticipación como mínimo para sesión ordinaria y para sesión extraordinaria con 24 horas de anticipación.
Para que las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité sean válidas, se deberá contar con la asistencia de la mitad más uno/a de sus integrantes, siempre y cuando entre ellos se encuentre presente el/la presidente/a, el/la secretario/a y el/la representante de la Secretaría de la Contraloría o sus respectivos/as suplentes debidamente acreditados/as.
Previa aprobación de las y los miembros del comité, podrá invitarse a sus sesiones a servidores públicos, académicos o miembros de la sociedad civil en general, cuya intervención se considere necesaria para enriquecer aspectos técnicos, administrativos o de cualquier otra índole.
Se levantará un acta de todas y cada una de las sesiones, registrando cada uno de los acuerdos tomados y, previa aprobación, deberá ser firmada por los/as integrantes del comité.
8.4.2 Atribuciones Serán atribuciones del comité:
a Aprobar la lista de espera y el padrón de beneficiarios/as, así como determinar los criterios de admisión para casos especiales y, de ser procedente, autorizar su incorporación al programa. Se entenderá por casos especiales cuando los/as solicitantes incumplan con alguno de los requisitos del programa, pero requieren del apoyo para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, siendo atribución exclusiva del comité autorizar su incorporación;
b Aprobar las modificaciones a las presentes reglas, con el fin de mejorar el funcionamiento, transparencia y seguimiento del programa;
c Dar seguimiento a la operación del programa, en sus fases de convocatoria, registro, validación, integración y actualización del padrón de beneficiarios/as, así como el cumplimiento de los objetivos del mismo;

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Periódico Oficial del Estado de México del día 12/02/2015 (Sección Novena)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

CountryMexico

Date12/02/2015

Page count8

Edition count67

First edition27/02/2004

Last issue19/12/2018

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