Periódico Oficial del Estado de México del día 12/11/2018 (Sección Cuarta)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

12 de noviembre de 2018

Página 23

del Gobierno y Municipios del Estado de México, en su apartado Políticas de Registro. Los comprobantes fiscales por la adquisición de los bienes muebles e intangibles dados de alta como activo fijo de las dependencias, deberán remitirse a la Contaduría General Gubernamental para su resguardo, en cumplimiento al artículo 346 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
9.

Las Coordinaciones Administrativas, Delegaciones Administrativas o equivalentes en el Sector Central y la Contaduría General Gubernamental, deberán conciliar las cuentas corrientes, tanto deudoras como acreedoras en las fechas que marca el calendario que se les hará llegar, para proceder a la compensación de las mismas, como lo establece el Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México, en la parte relativa al registro contable y presupuestal de las operaciones.
Los casos de excepción y los no previstos en estos lineamientos generales, serán resueltos por la Secretaría de Finanzas.

10.

Las Unidades Administrativas que ejerzan Fondos y Programas Federales, tendrán en términos del Art.
17, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que registrar al 31
de diciembre los compromisos y devengos que no han sido pagados y cubrir los pagos respectivos a más tardar el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. Los reintegros deberán incluir los rendimientos financieros generados.
Para los efectos de este artículo, se entenderá que las Entidades Federativas han devengado o comprometido las Transferencias federales etiquetadas, en los términos previstos en el artículo 4, fracciones XIV y XV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

11.

Las Coordinaciones Administrativas, Delegaciones Administrativas o su equivalente en el Sector Central y en los Organismos Auxiliares, tienen como fechas límite para entregar los reportes que emite el Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental en el ejercicio 2019, las siguientes:
MES
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
DEPENDENCIAS
Jueves 7 de Febrero Jueves 7 de Marzo Lunes 8 de Abril Lunes 6 de Mayo Miércoles 5 de Junio Lunes 8 de Julio Miércoles 7 de Agosto Viernes 6 de Septiembre Lunes 7 de Octubre Viernes 8 de Noviembre Viernes 6 de Diciembre Miércoles 8 de Enero de 2020

ORGANISMOS AUXILIARES
Jueves 14 de Febrero Jueves 14 de Marzo Viernes 12 de Abril Martes 14 de Mayo Viernes 14 de Junio Viernes 12 de Julio Miércoles 14 de Agosto Viernes 13 de Septiembre Lunes 14 de Octubre Jueves 14 de Noviembre Viernes 13 de Diciembre Viernes 17 de Enero de 2020

En el caso de las Entidades Públicas y Fideicomisos, turnarán la información financiera patrimonial y presupuestal mensual a la Dirección de Control Contable de Organismos Auxiliares.
La documentación original que las Dependencias y/o Unidades Administrativas, deben remitir al Archivo Contable Gubernamental, en cumplimiento al artículo 345 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, será recibida de acuerdo a lo que establecen las normas vigentes emitidas por la Dirección General de Innovación, para su transferencia.
El cumplimiento de lo señalado en estos lineamientos generales, será sin perjuicio de observar las disposiciones que en la materia establezcan los cuerpos normativos correspondientes. Asimismo, las unidades administrativas involucradas en los procesos señalados en el presente documento, deberán tomar las medidas necesarias para cumplir en tiempo y forma con los compromisos establecidos.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 12/11/2018 (Sección Cuarta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

CountryMexico

Date12/11/2018

Page count24

Edition count1838

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930