Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/4/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 05 de abril de 2023

Página 3

Por lo anteriormente expuesto, resulta pertinente el ofrecimiento de la recompensa solicitada por la ciudadana de identidad bajo resguardo R.L.L.M., a favor de JHONATAN CRUZ LÓPEZ, expidiéndose para el efecto el siguiente:
ACUERDO ESPECÍFICO
PRIMERO. Se autoriza el ofrecimiento y entrega de recompensa de hasta $250,000.00 DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N. a quien o quienes proporcionen información veraz, útil, eficaz y oportuna que permita la localización de JHONATAN CRUZ LÓPEZ.
El ofrecimiento y entrega de recompensa que señala este Acuerdo no será aplicable a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales.
SEGUNDO. La recompensa a que se refiere el artículo anterior, se entregará a quien o quienes aporten información conforme a los criterios siguientes:
I.- Proporcional en relación a la persona por la que se hace el ofrecimiento y a la veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad de la información aportada;
II.- En caso de que la misma información fuera proporcionada por más de una persona, tendrá derecho a la recompensa el que primero la hubiere proporcionado, y III.- Si la información es aportada por dos o más personas simultáneamente, la recompensa se repartirá por partes iguales entre ellas.
TERCERO. La información que aporten los particulares sobre los hechos a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo Específico, será recibida por los medios siguientes:
I.- En el número telefónico 800-841-8224 desde cualquier parte del país. Si marca de ciudad Victoria, Tamaulipas, al número 834-312-99-45 extensión 41103.
II.- En la dirección de correo electrónico: recompensas@fgjtam.gob.mx CUARTO. Se designa un servidor público que recibirá la información por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo tercero de este Acuerdo Específico, quién será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla; asimismo, asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible, debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de su contenido.
QUINTO. Recibida la información, se deberá corroborar que la información proporcionada corresponda a la solicitada en la oferta de recompensa y ordenará la práctica de las diligencias que resulten conducentes con motivo de la misma, a efecto de poder determinar que por virtud de la misma, se ha logrado la localización de JHONATAN CRUZ LÓPEZ.
Cuando sea necesario, por la relevancia y oportunidad de la información proporcionada, el Ministerio Público ordenará que las instituciones de Seguridad Pública del Estado, Federales o Militares, en términos de las disposiciones aplicables, le presten auxilio suficiente y eficaz para corroborar la información que haya sido proporcionada.
SEXTO. Toda la información que se aporte, el número de identificación confidencial y en su caso, los datos personales de quien la haya proporcionado los cuales se deberán entender como cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo que concierne a una persona física determinada y que sirve, entre otras cosas para identificarla, así como la totalidad de la documentación que se genere con motivo del presente Acuerdo Específico, se clasificará como información estrictamente reservada y confidencial de conformidad con los artículos 117 y 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.
SÉPTIMO. En caso de obtenerse la localización de JHONATAN CRUZ LÓPEZ, en virtud de la información aportada, el Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas, determinará el monto a entregar a cada persona por concepto de recompensa, en proporción a la veracidad y utilidad de la información aportada, conforme el artículo Segundo de este Acuerdo Específico.
OCTAVO. Se establecerá comunicación con la persona a quien deba entregarse la recompensa, a través del medio que ésta haya proporcionado para tal efecto, mediante el número confidencial de identificación.
La entrega de la recompensa se realizará en un solo pago, mediante depósito en cuenta bancaria o en efectivo, únicamente a quien cuente con el número confidencial de identificación. Para tal efecto, se deberá requerir al interesado el número de la cuenta bancaria respectiva o citarlo para hacer la entrega en efectivo.
Si dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación a que se refiere este artículo, la persona a quien debe entregarse la recompensa no proporciona el número de la cuenta bancaria o no acude a la cita sin causa justificada, perderá el derecho a recibir la recompensa.
En todo caso, deberá levantarse acta de la comunicación establecida con el interesado y del pago de la recompensa.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/4/2023 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date05/04/2023

Page count20

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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