Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/3/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 30 de marzo de 2023

Página 3

En ese clima de coordinación Estado-Municipio, resulta conveniente hacer eficiente la función recaudadora en materia del Impuesto Sobre la Propiedad Urbana, Suburbana y Rústica del Objeto previsto en el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas del ejercicio fiscal correspondiente.
Que es propósito del Gobierno del Estado promover las condiciones que favorezcan el desarrollo económico, administrativo y financiero del Municipio.
Que tomando en consideración que la recaudación del impuesto predial incide de manera importante en la determinación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como factor para designar las participaciones que en ingresos federales corresponden al Estado de Tamaulipas, fundamentalmente en lo que se refiere al Fondo de Fomento Municipal y que el mejoramiento y consecuente incremento de la recaudación del impuesto predial reflejará en una mayor percepción de participaciones federales para los Municipios que conforman el Estado de Tamaulipas.
Por lo anterior, el Gobierno del Estado de Tamaulipas considera conveniente promover la colaboración y asunción de funciones con el Municipio de Casas, Tamaulipas, así como brindar apoyo administrativo y jurídico para que a través de los entes competentes del Poder Ejecutivo Estatal, realice entre otras funciones, las de administración, recaudación, notificación y cobro del Impuesto Sobre la Propiedad Urbana, Suburbana y Rústica del Objeto, incluyendo los accesorios legales que se generen, a través del procedimiento administrativo de ejecución y la autorización de pago a plazos diferidos o en parcialidades, conforme a las disposiciones legales aplicables vigentes en el momento de su causación.
DECLARACIONES
I. Declara el "EL ESTADO, por conducto de su representante, que:
I.1. El Estado de Tamaulipas es una entidad libre, soberana e independiente que forma parte integrante de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43, y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, integrado en su división territorial y organización política y administrativa por los Municipios y en términos del artículo 77 del último ordenamiento legal, el Poder Ejecutivo se deposita en un Gobernador Constitucional, quien para el efecto de sus atribuciones se auxilia en las Secretarías de Despacho.
I.2. El C. LIC. HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ fue nombrado por el Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, Titular de la Secretaría General de Gobierno, el día 01 de octubre de 2022, quien acredita su personalidad con el nombramiento correspondiente y que se adjunta al presente como Anexo 1; misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de los artículos 91, fracción XXI y 93 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; artículos 1, numerales 1 y 2; 3, 10, numerales 1 y 2; 23, fracción II y 25, fracciones XXIII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.
I.3. La C. LIC. ADRIANA LOZANO RODRÍGUEZ fue nombrada por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, Titular de la Secretaría de Finanzas, el día 01 de octubre de 2022, quien acredita su personalidad con el nombramiento correspondiente y que se adjunta al presente como Anexo 2;
misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 91, fracción XXI y 93 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; artículos 1, numerales 1 y 2; 3, 10, numerales 1 y 2; 23, fracción III y 26, fracción XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.
I.4. Para efectos de este Convenio cita como domicilio convencional el ubicado en: Palacio de Gobierno, Primer Piso, 15 Juárez e Hidalgo, Zona Centro, Ciudad Victoria, Tamaulipas, C.P. 87000.
II. Declara "EL AYUNTAMIENTO", a través de sus representantes, que:
II.1. Es una entidad pública con personalidad jurídica y patrimonio propio, con facultades para celebrar el presente instrumento jurídico, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas y artículos 3 y 49, fracción XXXI del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, se encuentra plenamente facultado con capacidad legal para participar y celebrar el presente convenio.
II.2. La C. MTRA. MA. OLGA HERNÁNDEZ AVALOS, en su carácter de Presidenta Municipal y el C. OVIDIO
HERNÁNDEZ AVALOS, en su carácter de Síndico Primero del Municipio de Casas, Tamaulipas, acreditan su personalidad jurídica para suscribir el presente instrumento con Constancia de Mayoría expedida por el Consejo Municipal Electoral de Casas, Tamaulipas, dependiente del Instituto Electoral de Tamaulipas, misma que se adjunta al presente como Anexo 3; y en términos de lo dispuesto por los artículos 53, 55, fracción VI, 60, fracción II y XII y 61 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, se encuentran plenamente facultados con capacidad legal para participar y celebrar el presente convenio.
II.3. Atento a lo dispuesto en los artículos 54 y 68 fracción V del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, este instrumento es también firmado por el C. LIC. ALFREDO HERNÁNDEZ AVALOS, en calidad de Secretario del Ayuntamiento, quien acredita su personalidad con el nombramiento correspondiente y el cual se adjunta al

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/3/2023 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date30/03/2023

Page count49

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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