Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/3/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 09 de marzo de 2023

Página 17

6.- La duración del Curso de Formación Inicial queda sujeto a lo establecido en el Programa Rector de Profesionalización vigente emitido por el órgano operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
7.- Las Personas Cadetes, así como las Personas Integrantes cuando se encuentren en calidad de alumnas o alumnos, se sujetarán a las disposiciones aplicables, al régimen interno de la Universidad de Seguridad y Justicia de Tamaulipas.
8.- La Persona Cadete, una vez que haya aprobado su formación inicial, tendrá derecho a obtener constancia, diploma o reconocimiento y podrá ingresar a la Carrera Policial.
CAPÍTULO QUINTO
DEL PROCESO DE INGRESO Y NOMBRAMIENTO
1.- Con el ingreso se formaliza la relación jurídico-administrativa. De la relación jurídico administrativa se derivan los derechos, obligaciones y prohibiciones entre la nueva Persona Integrante y la Institución Preventiva de Seguridad Pública Estatal.
2.- La Persona Integrante suscribirá carta compromiso mediante documento con firma autógrafa de no utilizar en fines distintos a la seguridad pública las habilidades obtenidas mediante el adiestramiento, la formación continua y especializada, así como el equipamiento que se les brinda para el cumplimiento de sus funciones; y hacen constar que se comprometen a cumplir con los deberes y obligaciones del cargo por el que se le otorga nombramiento conforme se dispone en las Leyes y Reglamentos del Estado de Tamaulipas.
3.- Al recibir su nombramiento, la Persona Integrante deberá protestar su acatamiento y obediencia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y las Leyes que de ellas emanen, a los Bandos de Policía y Buen Gobierno que correspondan, de la siguiente forma:
"Protesto desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Guardia Estatal, o Cuerpo de Vigilancia, Custodia y Seguridad de los Centros de Ejecución de Sanciones y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y las Leyes que de ellas emanen, los bandos de policía y buen gobierno y demás ordenamientos aplicables".
4.- Esta protesta deberá realizarse ante la Persona Titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas en un acto protocolario, de manera posterior a su ingreso.
5.- Se entiende por nombramiento la constancia expedida por la Persona Titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas o la autoridad acreditada para ello, mediante el cual se designa a las Personas Integrantes.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día de siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese los presentes Lineamientos en la página web oficial de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Tamaulipas, al menos, en dos periódicos de mayor circulación estatal o regional, asimismo será colocada en las Instalaciones de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas y demás fuentes de reclutamiento internas y externas con una anticipación mínima de treinta días naturales a la fecha de inicio del plazo para la presentación de la documentación necesaria.
ARTÍCULO TERCERO. Todo lo no previsto en los presentes Lineamientos será resuelto por el Pleno del Consejo, conforme a la normatividad aplicable.
Dado en Ciudad Victoria, Tamaulipas, al día treinta y uno del mes de enero de año 2023.
ATENTAMENTE.- SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS.- SERGIO HERNANDO CHÁVEZ GARCÍA.- Rúbrica.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/3/2023 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date09/03/2023

Page count19

Edition count4064

First edition02/01/1999

Last issue22/05/2024

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