Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/5/2022 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 4

Victoria, Tam., jueves 26 de mayo de 2022

Periódico Oficial
XIII. Sensibilizar y capacitar funcionarias y funcionarios públicos en perspectiva de género;
XIV. Promover la participación de la mujer en la organización y planificación de programas y acciones de gobierno, sustentados en el principio de igualdad y respeto entre los miembros de la sociedad, sin distinción de etnia, religión, cultura o preferencia sexual, rechazando la discriminación de la mujer, de manera congruente con los planes de desarrollo municipal, estatal y federal;
XV. Representar al municipio ante instituciones homólogas de otros municipios y entidades de la federación y ante organismos nacionales e internaciones, públicos y privados, con el fin de integrar acciones, programas y proyectos a favor del desarrollo del mejoramiento de las condiciones de las mujeres que viven en el municipio de Nuevo Laredo;
XVI. Instrumentar programas y celebrar convenios con los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, así como con los diversos sectores de la sociedad, con instituciones, organismos públicos y privados para coordinar acciones en beneficio de la mujer del municipio;
XVII. Organizar un sistema de información que documente e investigue a la mujer del municipio, para conocer sus necesidades y aspiraciones, que permitan definir políticas de atención a su entorno;
XVIII. Gestionar ante las dependencias y entidades Estatales, Municipales y Federales, los apoyos que requieran las mujeres que viven en el municipio de Nuevo Laredo, a través de los medios y dependencias necesarios para ello;
XIX. Promover las modificaciones legales necesarias que permitan tipificar y castigar con mayor rigor los delitos de violencia física y moral contra las mujeres y la familia;
XX. Impulsar por todos los medios la inclusión y/o modificación de políticas que impongan servicio comunitario como penalización, en los delitos de violencia física y/o moral;
XXI. Promover y asistir en proyectos productivos y económicos, para el fortalecimiento de las capacidades de la mujer;
XXII. Desarrollar mecanismos financieros para fortalecer las actuaciones del Instituto; y XXIII. De manera general, todas aquellas que promuevan el mejoramiento de las condiciones de la mujer en congruencia con el Programa Nacional de la Mujer y del Instituto Municipal de la Mujer Tamaulipeca.
b. ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO
Para el cumplimiento del objeto de creación, el INMUJER cuenta con las siguientes atribuciones:
I.
Celebrar acuerdos y/o convenios de colaboración con organismos privados y sociales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a la mujer;
II.
Recibir y canalizar propuestas, sugerencias e inquietudes de la mujer;
III. Prestar los servicios que se establezcan en los programas que formule el Instituto;
IV. Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características de la mujer;
V. Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes de la mujer en los distintos ámbitos del acontecer nacional, estatal, regional o municipal;
VI. Concertar acuerdos y convenios con las autoridades Federales, Estatales y Municipales para promover las políticas, acciones y programas tendientes al desarrollo integral de la mujer, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado;
VII. Promover la coordinación interinstitucional con organismos gubernamentales y de cooperación en el ámbito nacional e internacional, como mecanismo eficaz para fortalecer las acciones a favor de la mujer;
VIII. Auxiliar a las dependencias y entidades de la administración pública, Federal, Estatal y Municipal, en la difusión y promoción de los servicios que presten orientados a la mujer;
IX. Elaborar, en coordinación con las autoridades correspondientes, programas y cursos de capacitación y desarrollo destinados a las mujeres; y X. Las demás atribuciones que el Cabildo, su Consejo Consultivo y su reglamento interior le confiera.
c.
ATRIBUCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO
Las facultades y atribuciones conferidas al Consejo Consultivo se muestran a continuación:
I.
La representación legal del Instituto para actos de dominio y la delegación de la misma;
II.
Establecer las políticas generales y las prioridades a las que deberán sujetarse las actividades del Instituto;
III. Aprobar, en su caso, los programas de trabajo del Instituto que presente la Dirección General;
IV. Analizar y aprobar, en su caso la propuesta de reformas del reglamento interior del Instituto;

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/5/2022 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date26/05/2022

Page count65

Edition count1119

First edition27/01/1999

Last issue22/05/2024

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