Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/12/2021 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 14 de diciembre de 2021

Página 3

Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial N 81 de 8 de julio de 2015 y Acuerdo Delegatorio de Facultades del Titular del Ejecutivo del Estado, al Titular de la Secretaría de Educación del Estado, publicado en el Periódico Oficial N 45 de fecha 15 de abril de 2014; he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO SECRETARIAL MEDIANTE EL CUAL SE OTORGA AUTORIZACIÓN DE VALIDEZ OFICIAL DE
ESTUDIOS A LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, A.C., PARA IMPARTIR EL
PROGRAMA ACADÉMICO DE LICENCIATURA EN EDUCACIÓN FÍSICA, APEGADO AL PLAN 2018.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se otorga a la persona moral ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, A.C., que auspicia a la institución educativa ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, Autorización de Validez Oficial de Estudios, al plan y programas de estudio de la Licenciatura en Educación Física, apegado al Plan 2018, la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, modalidad escolarizada, plan semestral, turno mixto y duración de 4 cuatro años, para impartirse únicamente en el domicilio de Calle Salvador Díaz Mirón No. 306, Colonia Felipe Carrillo Puerto, en la ciudad de Madero Tamaulipas, correspondiéndole número de acuerdo DFSPD210401.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución educativa ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, que funciona bajo los auspicios de la persona moral ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, A.C., deberá registrar ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, el programa académico de LICENCIATURA EN EDUCACIÓN FÍSICA, apegado al plan 2018.
ARTÍCULO TERCERO.- La institución educativa denominada ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD
MADERO, deberá realizar las actividades tendientes al cumplimiento del programa de estudio aprobado; tendrá la facultad de otorgar los certificados, diplomas, títulos y/o grados académicos, correspondientes de conformidad con los artículos 97 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y 11 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México y en toda la Republica, la expedición de títulos profesionales o grados académicos, que puedan ser registrados por la Dirección General de Profesiones, deben de ser recibidos en forma electrónica, han sido autenticados para los efectos de su registro, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley para la Ley General de la Educación Superior.
ARTÍCULO CUARTO.- La institución educativa denominada ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD
MADERO deberá, de conformidad a lo establecido por el artículo 93 segundo párrafo, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, incluir en toda la documentación que expida, así como en la publicidad que realice, la fecha y el número del presente Acuerdo.
ARTÍCULO QUINTO.- La institución educativa denominada ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD
MADERO, deberá actualizar el plan y programa de estudio de conformidad con la disposiciones que establezca la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, así como la apertura de nuevos planteles, cambio de domicilio, cambio de titular y demás modificaciones al acuerdo otorgado, deberá solicitar a la Autoridad Educativa, la autorización correspondiente.
ARTÍCULO SEXTO.- Conforme a lo establecido en el artículo 94 fracciones III y V de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, la institución educativa denominada ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD
MADERO, queda obligada a otorgar a la Secretaría de Educación, como mínimo el 5% de becas del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas para los estudios que mediante este acuerdo se aprueban, considerando el 100% de la población estudiantil en los términos del reglamento respectivo; así como canalizar el servicio social de los educandos a favor de los grupos marginados de la ciudad y del campo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La institución educativa denominada ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD
MADERO, una vez publicado el presente Acuerdo, en el Periódico Oficial del Estado, deberá de trámitar la Clave del Centro de Trabajo, en un término de 30 días hábiles, para darse de alta en el sistema de control escolar debiendo hacer entrega a la Autoridad Educativa, la estadística de inicio y fin de curso, la documentación actualizada relativa a los registros de escolaridad de alumnos, expedientes, matrícula total por programa, becas, así como los indicadores del desempeño escolar; en los términos establecidos por la normatividad, conservando en sus instalaciones una copia de la documentación, por un periodo mínimo de cinco años en archivos físicos o electromagnéticos, que permitan su fácil consulta y acceso.
ARTÍCULO OCTAVO.- La Secretaría de Educación, tendrá en todo momento la facultad de supervisión y vigilancia de la institución educativa ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, que funciona bajo los auspicios de la persona moral ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE CIUDAD MADERO, A.C., las visitas de inspección ordinarias podrán realizarse hasta una vez por cada ciclo escolar y las visitas de inspección extraordinarias se realizarán sólo con motivo de la probable comisión de una o varias infracciones a la ley en la materia o cuando el particular se abstenga, más de una vez, en proporcionar la información que la Autoridad Educativa le requiera, con fundamento en los artículos 148 y 149 de la Ley General de Educación; 94 fracción VI
y 95 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, a efecto de que ésta cumpla con las disposiciones señaladas en el presente Acuerdo y demás disposiciones normativas aplicables; y en caso de incumplimiento podrá sancionársele hasta con el retiro del acuerdo de la autorización otorgado.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/12/2021 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date14/12/2021

Page count20

Edition count1119

First edition27/01/1999

Last issue22/05/2024

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