Periódico Oficial de Tabasco del 10/4/2024

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Source: Periódico Oficial de Tabasco

10 DE ABRIL DE 2024

PERIODICO OFICIAL

en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento, dentro de las que se encuentra la notificación del inicio del juicio, y que de no cumplirse con ellas se infringida el referido derecho de audiencia, cuya finalidad es evitar que el particular quede en estado de indefensión.


En este orden de ideas, para que un acto privativo sea acorde a la norma constitucional , . . exaniir. .es necesario que haya sido expedido en un procedimiento previo, en el cual se emplace al Ó::t1ifi:Ú? e%_ la forma prevista por la ley, para asegurarle el conocimiento oportuno y cabal del asunto que -. " :%k s<:o.e en su contra; así como, permitirle ofrecer y desahogar pruebas, alegar y tener acceso al dictado ;:-, it!la:sep:tencia, donde se resuelvan_s:s planteamientos de oposición .
. .. , :;J i .
En ese sentido, rsúlta imprescinc;lible verificar si la diligencia de emplazamiento se -
i-:S!Ió,-c;t ñ conforme a las dispo;;ir :s eg?.l.es; por ser como se dijo, la violación procesal de mayor . . . "- iñgojft de carácter gráve al ser9;r.n pú,f?lico, por tanto, los jueces deben analizar de oficio si se :A.r-, . f W-o no y, en su caso, si se obsa,r:c?:r .l_as C:lisposiciones aplicables en la norma jurfdica. Apoya a lo --
xpresado, la jurisprudencia.P./J. 47/95 q gt Pl.enQ.de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 133, tomo 11, diciembre de .1995;:NO.:VEma Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gac;eta, Registro digital: 200234 de rubro FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS
QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO.
Las formalidades esenciales del procedimiento son las que resultan necesarias para garantizar la defensa adecuada antes del acto de privadón y que, de manera genérica, se traducen en los siguientes requisitos: l. Notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias; 11. Oportunidad de ofrecer y desahogar pruebas; 111. Oportunidad de alegar; y IV. Dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas.
La primera y por tanto de mayor trascendencia de esas formalidades esenciales del procedimiento, que además es requisito indispensable para que se puedan dar las otras, es la notificación del inicio del juicio y sus consecuencias en el procedimiento jurisdiccional, que se denomina generalmente como emplazamiento; por lo que dada su naturaleza y trascendencia, el llamamiento a juicio debe ser siempre cuidadosamente hecho, no debe encontrar se rodeado de circunstancias que lo hagan sospechoso en perjuicio del propio demandado y, por ende, cumplir estrictamente con los requisitos establecidos en la ley de la materia, ya que ante la inobservancia de las formalidades a que se encuentra sujeto, se produce su nulidad total. Citó criterio por contradicción de tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 1ajJ. 74/99, con registro 192969, de rubro:
EMPLAZAMIENTO. LA INOBSERVANCIA DE LAS FORMALIDADES A QUE SE ENCUENTRA SUJETO, PRODUCE SU NULIDAD TOTAL3; y jurisprudencia emitida por la otrora Cuarta Sala, registro 242980, de rubro: EMPLAZAMIENTO, NO SE CONVALIDA TÁCITAMENTE EL 4
Es de menester señalar que, una de las formas contempladas para emplazar a juicio a la parte demandada es por medio de edictos. El edicto es, en todo caso, un mandamiento de autoridad dado a conocer públicamente para información de una colectividad o de una o más personas a quienes afecta; asr pues, los edictos judiciales son medios de comunicación procesal ordenados por un Juez o Tribunal que deben realizarse mediante publicaciones, para hacer saber a las partes o a terceros, resoluciones que afectan o pueden afectar a sus intereses en un proceso determinado; por lo que, constituyen una actuación judicial, ya que se lleva a cabo en cumplimiento de un acto procesal emitido por el juzgador.
JUICIO

." .

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La garantía de audiencia establecida por el artículo 14 constitucional consiste en otorgar al gobernado la oportunidad de defensa previamente al acto privativo de la vida, libertad, propiedad, posesiones o derechos, y su debido respeto impone a las autoridades, entre otras obligaciones, la de que en el juicio que se siga "se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento". Estas son las que resultan necesarias para garantizar la defensa adecuada antes del acto de privación y que, de manera genérica, se traducen en los siguientes requisitos: 1 La notificación del Inicio del procedimiento y sus consecuencias; 2 La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; 3 La oportunidad de alegar; y 4 El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas. De no respetarse estos requisitos, se dejaría de cumplir con el fin de la garantía de audiencia, que es evitar la indefensión del afectado.
3 El emplazamiento entraña una formalidad esencial de los juicios que salvaguarda, con la audiencia de las partes, la garantía del artículo 14 constituciona l; por tanto, tratándose de un acto formal, debe cumplirse estrictamente con los requisitos establecidos por la ley de la materia, por consiguiente, e n el caso de que se trate de varios demandados con un mismo domicilio y la diligencia se efectúa por separado con cada uno de e llos y se elaboran actas distintas o por separado, si en éstas se advierte que tal citación se practicó a la misma hora y e l mismo día, es ilegal dado que se trata de un vicio en dicho emplazamiento considerándose como la violación procesal de mayor magnitud que transgrede la garantía de audiencia, independientemente de la fe pública de que goza el actuario, diligenciario o notificador que llevó a cabo dicha diligencia, ya que la fe pública del funcionario que la practicó no desvanece el vicio que contiene ese acto procedimental.
4 El emplazamiento entraña una formalidad esencial de los juicios que salvaguarda, con la audiencia de las partes, la garantía del artículo 14 constitucional; por tanto, tratándose de un acto formal, debe cumplirse estrictamente con los requisitos establecidos por la ley de la materia.

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Periódico Oficial de Tabasco del 10/4/2024

TitlePeriódico Oficial de Tabasco

CountryMexico

Date10/04/2024

Page count79

Edition count120

First edition22/01/2022

Last issue27/04/2024

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