Periódico Oficial de Sinaloa del 14/7/2004

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Source: Periódico Oficial de Sinaloa

Miércoles 14 de Julio de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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EL CIUDADANO mAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETONIJMERO 572
ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundaraento en lo dispuesto por los Articulas 37 quinto párrafo y 43, fracción XXII
de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y habiéndose revisado por la Contaduria Mayor de Hacienda, la Cuenta Pública del Municipio de SALVADOR ALVARADO, relativa al Segundo Semestre Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2003, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, el día veintidós del mes dejunio del año dos mil cuatro,- C. Gustavo Soto Portillo, Diputado Presidente; C. Margarita Villaescusa Rojo, Diputado Secretaria; C. Carlos Rafael Flores Chávez, Diputado Secretario.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos dias del mes dejunio del año dos mil cuatro.-:Ell Gobernador C9nstitucional del Estado, Juan S. MillánLizárraga.El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M.Armienta Calderón.- RúbriclS.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA., Gobernador Constitucionnl del Estado Libre y Soberano de Sin aloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa. representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERo: 561
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de SinaIoa y artículo 94 dé la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. JOSÉ ANTONIO MENA BÁEZ, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinnloa.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado. en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los diez dios del mes de junio de dos mil cuatro.- C. Gustavo Soto PortilJo, Diputado Presidente; C. Margarita VilIaescusa Rojo, Diputado Secretaria; C. Carlos Rafael Flores Chávez, Diputado Secretario.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil cuatro El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. .
Millán Lizárraga.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Oscar J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO mAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 561
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 94 dé la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. JOSÉ ANTONIO MENABÁEZ, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica laLey de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los diez días del mes de junio de dos mil cuatro.- C. Gustavo Soto Portillo, Diputado Presidente; C. Margarita Villaescusa Rojo, Diputado Secretaria; C. Carlos Rafael Flores Chávez, Diputado Secretario.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S.
Millán Lizárraga.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Armienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Oscar J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CflJDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por e H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislntura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NUMERO 572
ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 37 quinto párrafo y 43, fracción x:xn de la Constitución Política del Estado de SinnIoa y habiéndose revisado por la Contaduria Mayor de Hacienda, la Cuenta Pública del Municipio de SALVADOR ALVARADO, relativa al Segundo Semestre Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2003, se aprueba la Cuenta Públic de dicbo Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloan .
Es dndo en el Palacio del Poder Legislativo del.Estado, en la ciudad de Culincán Rosales, Sinaloa, el día veintidós del mes de junio del año dos mil cuatro:- C. Gustavo Soto Portillo, Diputado Preidente; C. Margarita Villaescusa Rojo, Diputado Secretaria; C. Carlos Rafael Flores Cbávez, Diputado Secretario.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimieQ.to.
Es dado en el Palacio del Poder Ejectivo del Estado, en la ciudad de Culiac Rsales, Saloa, a los dos cUas del mes de junio del año dos mil cuatro.- I Gobernador Cgnstituc.ionaI del Estado, Juan. MiUán Lizárraga.El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M.Armienta Calderón.- R,úbric.
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Miércoles 14 de Julio de 2004

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EL ESTADO DE SINALOAl>

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Periódico Oficial de Sinaloa del 14/7/2004

TitlePeriódico Oficial de Sinaloa

CountryMexico

Date14/07/2004

Page count32

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