Periódico Oficial de Sinaloa del 16/1/2004 - 2da. Sección

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Source: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

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EL ESTADO DE SlNALOA

Viernes 16 de Enero de 2004

GOBIERNO DEL ESTADO

CONGRESO DEL ESTADO
EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:

Oupor el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado 10 siguiente:
E1 H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETORO 399
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulo 103 fraccion I de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa, se concede pensión por viudez a la C. MA. ALICIA SALAZAR RIOS, en su calidad de beneficiaria de Manuel Aldrete Lóez, por la cantidad de $ 1,209.00, mensuales.
ARTICULO SEGUNDO.- En atención a 10 que prescribe el articulo 102 de la Le de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa, la pensión autorizada en el artículo anterior, tendra efectos a partir del día siguiente del fallecimiento de Manuel Aldrete López, ocurrida el día 21 de marzo de 2003.
ARTICULO TERCERO.- Se modifica la Ley de n&Tesos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año de 2003, en la Partida 0601 1701 01 Admimstrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por viudez a que se refiere el presente Decreto.

TRANSITORIO:
ARTICULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial"El Estado de Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Cllliacán Rosales, Sinaloa, a los once días del mes de diciembre del año dos mil tres.- C.MAR1A GUADALUPE PENUELAS ARMENTA, DIPUTADA
PRESIDENTA; C.GERARDO ROSETE RAMffi.EZ, DIPUTADO SECRETARIO; C. CARLOS RAFAEL FLORES
CRAVEZ, DIPUTADO SECRETARIO.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estaoo, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dieciséis días del mes de diciembre del ano dos mil tres.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. MilIán Lizárraga.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Armíenta CaIderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.
EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Oupor el H. Congreso de mismo, se le ha comunicado 10 siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinalo, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente,
DECRETORO 400
ARTICULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa :1 Articulo 94 de la Ley de los Trabajdores al Servicio del Estado dc Sinaloa, se concede -pensión por jubilacion a la C. MARIA BEATRIZ CONTRERAS AGUILAR, por la cantidad de $5,21 1.8-, mensuales.
, ARTICULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2003, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTICULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de CLtJiacán Rosales, Sinaloa, a los once días del mes de diciembre del año dos mil tres.- C.MAR1A GUADALUPE PENUELAS ARMENTA, DIPUTADA
PRESIDENTA; C.GERAROO ROSETERAMIREZ, DIPUTADO SECRETARIO; C. CARLOS RAFAELFLORES
CHAVEZ, DIPUTADO SECRETARIO.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder EjecutIVO del Estaoo, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dieciséis días del mes de diciembre del ano dos mil tres.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. MilIim Lizárraga.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Armienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

Se deja sin efecto la Fe de Erratas publicada en la Pág. 2 del Periódico Oficial No. 06 del Miércoles 14 de Enero de 2004, al Decreto No: 420 d .fecha .16.de dicie.mbre de 200?, expedido por el H. Congreso del Estado, representado por su QumcuagesIma Septlma LegIslatura, pubhcado en este Periódico Oficial No. 155 del Viernes 26 de Diciembre de 2003, que establece los Valores Unitarios del Suelo y de las Construcciones del Municipio de Choix.

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Periódico Oficial de Sinaloa del 16/1/2004 - 2da. Sección

TitlePeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

CountryMexico

Date16/01/2004

Page count16

Edition count295

First edition02/01/2004

Last issue25/04/2022

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