Periódico Oficial de Morelos del 22/5/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

22 de mayo de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

En este sentido, se suspenden temporalmente las actividades de todo tipo en lugares de concentración de personas como centros de culto, bares, discotecas, centros nocturnos, gimnasios, centros deportivos, balnearios, boliches, teatros, salones y jardines de eventos sociales, entre otros que no sean necesarios para hacer frente a la contingencia.
Todos los establecimientos que presten servicios esenciales para hacer frente a la contingencia, tomarán las medidas sanitarias dictadas por la Secretaría de Salud.
d Suspender temporalmente y hasta nuevo aviso de la autoridad sanitaria, los eventos masivos y las reuniones y congregaciones de personas, de acuerdo a los comunicados que emita la Secretaría de Salud;
e Cumplir las medidas básicas de higiene consistentes en lavado frecuente de manos, estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pañuelo desechable o con el antebrazo; saludar aplicando las recomendaciones de sana distancia evitar saludar de beso, de mano o abrazo y recuperación efectiva para las personas que presenten síntomas de SARS-CoV2 Covid-19, evitar contacto con otras personas, desplazamientos en espacios públicos y mantener la sana distancia, durante los 15
días posteriores al inicio de los síntomas; y, f Es obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que se encuentren en el municipio de Cuautla, Morelos, en espacio y vías públicas, en el interior de establecimientos, así como para usuarios operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros, transporte de carga y transporte entre particulares, en caso contrario, sin perjuicio de las sanciones procedentes de conformidad con el artículo SEXTO del presente Acuerdo, no se permitirá el acceso a las unidades de transporte.
Asimismo, los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, deberán portar cubrebocas cuando se encuentren en funciones.
g Las demás que en su momento se determinen necesarias por las Secretarías de Salud del Gobierno Federal, del Estado y Municipio de Cuautla, Morelos, mismas que se harán del conocimiento de la población en general, a través de las Autoridades de Salud del Estado de Morelos y del municipio de Cuautla, Morelos, por los medios que se tengan al alcance.
TERCERO.- Las Direcciones, Dependencias y Entidades de la Administración Pública de Cuautla, Morelos, deberán mantener coordinación con las Autoridades de Salud del Ejecutivo Municipal para la instrumentación de las medidas objeto del presente Acuerdo.

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CUARTO.- Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal en el ámbito de su competencia deberán emitir la propaganda institucional en sus redes sociales, así como los medios de comunicación conducentes para promover el cumplimiento de las medidas de prevención y control del COVID-19 en el municipio de Cuautla, así como de la importancia del aislamiento social y la sana distancia. Además, deberá realizar la difusión de los Acuerdos tomados en las Sesiones de Cabildo celebradas por el H. Cabildo del Ayuntamiento Municipal de Cuautla, Morelos.
La Dirección de Salud del Ejecutivo Municipal será la única instancia responsable del manejo de la información oficial que se desprenda del presente Acuerdo en el Municipio de Cuautla, Morelos.
QUINTO.- Corresponderá a la Dirección de Salud del Ejecutivo Municipal la interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo, así como la resolución de los casos no previstos en el mismo.
SEXTO.- Las personas que incumplan con lo dispuesto en el presente Acuerdo, se harán acreedoras a las sanciones establecidas en el artículo 330 del Bando de Policía y Gobierno Municipal de Cuautla, Morelos.
Las sanciones contempladas en el párrafo anterior podrán ser desde amonestación con apercibimiento hasta arresto durante el plazo previsto por dicho artículo, por lo cual se deberá llevar un registro de las personas que sean amonestadas, lo anterior con el objetivo de identificar los casos de reincidencia y aplicar el principio de gradualidad y proporcionalidad que deben regir la imposición de sanciones por incumplimiento.
SÉPTIMO.- Son competentes para ordenar o ejecutar las sanciones contempladas en el artículo anterior, las autoridades sanitarias, así como las autoridades de Protección Civil para el Municipio.
OCTAVO.- A los adultos mayores que residan en asilos públicos se les proporcionará una donación en especie para dotarlos de material preventivo y con ello evitar el detrimento en su salud física.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su aprobación en Cabildo.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, Órgano de difusión oficial que edita el Gobierno del Estado de Morelos, así como en la Gaceta y Página Oficial del H.
Ayuntamiento Municipal Constitucional de Cuautla, Morelos.
C. JESÚS CORONA DAMIÁN
PRESIDENTE MUNICIPAL
LIC. JOSÉ ALFREDO H. ESCALONA ARIAS
SECRETARIO MUNICIPAL.
RÚBRICAS.
Dado en la ciudad de Cuautla, Morelos, a veintisiete días del mes de abril de dos mil veinte.

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Periódico Oficial de Morelos del 22/5/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date22/05/2020

Page count8

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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