Periódico Oficial de Morelos del 7/5/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 4

PERIÓDICO OFICIAL

Asimismo, el 23 de abril de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, edición vespertina, Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican, en el que se establecen medidas urgentes para el Poder Ejecutivo Federal para enfrentar la crisis económica derivada de la contingencia por la pandemia de COVID-19, entre las que se señalan: no habrá despidos de trabajadores, pero no habrá incremento de personal, por lo que de forma voluntaria se reducirá el salario de los altos funcionarios hasta en un 25% de manera progresiva; el 75% del presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales y suministros no se ejercerá, incluyendo a lo supuestamente comprometido. Entre otras, destaca la cancelación de subsecretarías; además se extiende hasta el 1 de agosto la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya se encuentran en esta situación debido a la pandemia citada, debiendo permanecer cerradas la mitad de las oficinas con excepción de las que atiendan de manera directa al público o aquellas que son esenciales para el bienestar del pueblo.
En ese sentido, se considera oportuno como parte de la atención a la emergencia sanitaria, el establecimiento de medidas de austeridad que generen economías, de conformidad con lo señalado por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que los recursos económicos de que disponga el Estado deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, en concatenación con el referido artículo, la Constitución Local instituye en su artículo 81 que la administración de los ingresos y egresos del Estado, se efectuará con base en los principios de legalidad, honestidad, honradez, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Derivado de lo anterior, esta Fiscalía General reorientará los recursos públicos de manera óptima, a efecto de que permitan la adecuada atención a la emergencia sanitaria al interior de la institución que, dicho sea de paso, acarrea un gasto extraordinario en la adquisición de insumos y materiales de protección, tanto para los servidores públicos como para la ciudadanía.
Aunado a ello, es importante señalar que esta Fiscalía General cuenta con ingresos propios que conforman su patrimonio; es decir, aquellos ingresos que son resultado de los servicios que presta este organismo constitucional autónomo, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos, que establece que el patrimonio de la Fiscalía General se integra en los términos establecidos en la Ley Orgánica, la cual refiere que entre los que lo integran se encuentran los recursos provenientes de los servicios que legalmente preste la Fiscalía General, por conducto de sus unidades administrativas, así como los demás que legalmente le sean asignados.

07 de mayo de 2020

Entre esos servicios se encuentran la expedición de constancias de no sujeto a investigación, actas especiales, exámenes de evaluación de control de confianza, constancias de identificación vehicular, servicios de legalización de firmas, certificaciones y expedición de copias certificadas de documentos que realicen las unidades administrativas y los servicios por la reproducción de información. No obstante, ante la contingencia causada por la COVID-19, se han tomado diversas medidas al interior de la Fiscalía General, a efecto de impedir la concentración de personas en un mismo lugar, por lo que se han suspendido la prestación de algunos de esos servicios, lo cual merma los ingresos que esta Fiscalía General tenía estimados percibir en el presente ejercicio fiscal.
Por ello, esta institución debe tomar las medidas de austeridad que sean necesarias, que permitan un equilibrio entre lo que se gaste y se perciba, toda vez que los ingresos reportados como ingresos propios serán menores.
En ese sentido, también se propone la reorganización de algunas unidades administrativas de la Fiscalía General, que permita generar economías;
por ello, se propone la eliminación de la Dirección General de la Oficina del Fiscal, reasignando sus atribuciones a la Secretaría Ejecutiva, quien deberá dar seguimiento y atención a las que, inclusive, se encuentren en trámite De la misma manera se plantea la abrogación del Acuerdo 19/2016 del Fiscal General del estado de Morelos por el que se crea el módulo de atención y orientación ciudadana de la Fiscalía Regional Metropolitana de la Fiscalía General del estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5440 Segunda Sección, el 19 de octubre de 2016; a efecto de que sea la persona titular de la Secretaría Ejecutiva quien esté a cargo de los Módulos de Atención y Orientación, existentes o cuya creación se determine en las diversas instalaciones de la Fiscalía General, destacando que bajo su mando directo podrán advertirse las necesidades que esta Fiscalía General requiere implementar para brindar una mejor atención a la ciudadanía que acuda en busca del auxilio de la autoridad ministerial;
impulsando una cultura de atención de calidad al interior del organismo constitucional autónomo. Así, sus funciones y obligaciones se establecerán en los Manuales Administrativos correspondientes.
En suma a lo anterior, también se adecua el nivel de la Dirección de Contratación, Seguimiento y Registro, para pasar a ser una Jefatura de Departamento de Contratación, Seguimiento y Registro, con la finalidad de optimizar los recursos humanos, generando con ello, ahorros en el gasto corriente, más aún cuando en este momento, se requiere fortalecer diversas unidades administrativas con insumos para la prevención y adopción de las medidas de higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

About this edition

Periódico Oficial de Morelos del 7/5/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date07/05/2020

Page count32

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31