Periódico Oficial de Morelos del 5/5/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 6

PERIÓDICO OFICIAL

Que el 28 de abril de 2020, en Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5816, el Gobierno del Estado de Morelos, publicó el Acuerdo por el que se emiten medidas extraordinarias para la continuidad de la prestación de servicios esenciales dentro de la administración pública estatal, a fin de mitigar la dispersión y transmisión del virus COVID19, en el cual se establece que se mantendrá la suspensión temporal de las labores en la Administración Pública Estatal, Centralizada y Paraestatal, respecto aquellas áreas que no resulten indispensables para hacer frente de manera oportuna y eficaz a la situación de emergencia que enfrenta el país por la enfermedad por coronavirus 2019 o COVID-19, hasta el 30 de mayo de 2020, fecha que podrá prorrogarse por el plazo que, en su caso, determine y dicte la autoridad sanitaria federal o estatal. Asimismo en su artículo tercero, establece que se mantiene la suspensión de los plazos y términos procesales en los procedimientos de investigación, sanción, auditorías, revisiones, verificaciones, acciones de vigilancia y, en general, en todos aquellos procedimientos substanciados y ejecutados por la Secretaría de la Contraloría y por el resto de las Secretarías, Dependencias o Entidades que tramiten procedimientos administrativos conforme a la normativa local, ello durante la vigencia del presente Acuerdo;
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas y Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos, las personas servidoras públicas adscritas a la administración pública estatal tienen la obligación de presentar la declaración de situación patrimonial de inicio o conclusión, según sea el caso, así como durante el mes de mayo de cada año, la obligación de presentar la Declaración de modificación patrimonial y de intereses, y la constancia de la presentación de la declaración fiscal, por otro lado, toda vez que la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de Morelos, en términos de lo que dispone el artículo 34 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos, es la encargada de recibir, resguardar y registrar dichas declaraciones, así como de realizar las campañas presenciales de difusión, capacitación y asesoramiento para el llenado de los formatos, acciones necesarias para facilitar el cumplimiento de la obligación, y toda vez que las mismas no se llevaron a cabo en virtud de las medidas de restricción de movilidad y contacto físico para evitar la propagación de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 COVID-19. Por lo anterior y con la finalidad de que se cumpla con la obligación legal de todas las personas servidoras públicas de presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses, he tenido a bien expedir el siguiente:

05 de mayo de 2020

ACUERDO POR EL QUE SE AMPLÍAN LOS
PLAZOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 33 DE LA
LEY
GENERAL
DE
RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS Y EN EL ARTÍCULO 35 DE LA
LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
PARA EL ESTADO DE MORELOS, PARA
PRESENTAR
LAS
DECLARACIONES
DE
SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES EN EL
AÑO 2020, CON MOTIVO DE LAS MEDIDAS DE
PREVENCIÓN
Y CONTENCIÓN
DE
LA
PROPAGACIÓN DE LA ENFERMEDAD GENERADA
POR EL CORONAVIRUS SARS-COV2 COVID-19
ARTÍCULO PRIMERO. Se amplía el plazo para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación en términos de la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y artículo 35 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos, hasta el 31
de julio de 2020, para todas las personas servidoras públicas obligadas de las administraciones pública estatal.
Lo anterior, sin perjuicio de las determinaciones que la autoridad sanitaria establezca posteriormente para mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 COVID-19.
ARTÍCULO SEGUNDO. Las declaraciones patrimoniales y de intereses en su modalidad de inicio y conclusión, en la Administración Pública Estatal, se seguirán presentando en los plazos que prevén los artículos 33 fracciones I y III de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y artículo 35 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos, por lo que su cómputo iniciará o reanudará a partir del primero de junio de 2020 día en que concluye la suspensión de plazos y términos existente en los asuntos competencia de la Secretaría de la Contraloría del Estado de Morelos.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad".
SEGUNDO. - El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad".
Dado en Cuernavaca, Morelos, sede del Poder Ejecutivo del Estado, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil veinte.
LICENCIADO CÉSAR SANTANA NAVA
SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MORELOS
RÚBRICA

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Periódico Oficial de Morelos del 5/5/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date05/05/2020

Page count8

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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