Periódico Oficial de Morelos del 27/3/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 14

PERIÓDICO OFICIAL

El 14 de enero, Japón informa la presencie de un caso de neumología con antecedente de viaje a Wuhan, que se confirmó por laboratorio para 2019nCoV.
El 20 de enero, Corea del Sur notifica un caso de 2019-nCoV, con antecedente de viaje a Wuhan, China.
El 21 de enero, los CDC de EE.UU. informan del primer caso confirmado en la región de América. El paciente cuenta con antecedente de viaje a Wuhan, China.
Según informe de la Organización Mundial de la Salud, la situación al 19 de marzo de 2020 02:00pm 1
hora del este , en relación con la propagación de la epidemia se encuentra de la siguiente manera:
En la Región de las Américas, cuatro países/territorios/áreas notificaron por primera vez casos de COVID-19: Bermudas 2, El Salvador 1, Nicaragua 1 y Sint Maarten 1. Se informó que todos los casos fueron importados y se encuentran en condiciones estables.
27 países/territorios informaron 5,083 casos adicionales en las últimas 24 horas para un total de 13,069
casos de COVID-19
en 43
países/áreas/territorios en la región de las Américas.
Costa Rica, Jamaica y México informaron sus primeras muertes por COVID-19: una 1 fatalidad cada uno. Estados Unidos continúa reportando la mayor proporción de casos 80% y muertes 84% en la región.
Ahora bien las instituciones académicas, autoridades judiciales y autoridades administrativas del Estado de Morelos, han adoptado medidas para evitar con ello la detención y propagación de contagio por nCoV-19 coronavirus.
En ese sentido de igual manera, mediante acuerdo número 03/2020, de fecha dieciocho de marzo de dos mil veinte el Fiscal General del Estado de Morelos determinó medidas preventivas de salud al interior de la Fiscalía General del Estado de Morelos ante la propagación de la COVID-19, atendiendo a las medidas sanitarias por la contingencia médica emitidas por las autoridades de salud internacionales.
La disposición transitoria quinta de dicho acuerdo, exhorta a este Órgano Interno de Control y sugiere enfáticamente a adoptar las medidas establecidas en el mismo, por lo que atendiendo a la emergencia sanitaria emitida por las autoridades competentes, esta Entidad Fiscalizadora de la Fiscalía General del Estado de Morelos, ha resuelto adoptar todas aquellas medidas necesarias y cumplir con la norma fundamental en la salvaguarda del derecho a la salud de su personal y de todos aquellos con los que este tiene acercamiento de acuerdo a las funciones y atribuciones con las que cuenta.
Por lo expuesto y fundado, tengo a bien expedir el siguiente:
1

https www.paho.org/es/temas/coronavirus/enfermedad-porcoronavirus-covid-19

27 de marzo de 2020

ACUERDO 01/2020 POR EL QUE SE
ADOPTAN LAS MEDIDAS SANITARIAS ANTE LA
CONTINGENCIA Y EL RIESGO QUE REPRESENTA
LA PROPAGACIÓN DE LA PANDEMIA nCoV-19
CORONAVIRUS PARA EL ÓRGANO INTERNO DE
CONTROL DE LA FISCALÍA GENERAL DEL
ESTADO DE MORELOS.
Artículo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto adoptar diversas medidas sanitarias, de cuidado y protección para prevenir y evitar la propagación de la COVID-19 dentro de las instalaciones que ocupa el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos, protegiendo el derecho fundamental a la salud de las y los servidores públicos adscritos a este, establecido en la norma suprema y conforme a las atribuciones que legalmente tiene establecidas este Ente Fiscalizador.
Artículo 2. Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
I. Acuerdo, al presente instrumento;
II. Coronavirus, a una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales como en humanos, como infecciones respiratorias que pueden ir desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio MERS y el síndrome respiratorio agudo severo SRAS;
III. COVID-19, a la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus descubierta desde el brote en Wuhan, China, en diciembre de 2019;
IV. Fiscalía General, al Organismo Constitucional Autónomo denominado Fiscalía General del Estado de Morelos;
V. Ley Orgánica, a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos;
VI. OIC, al Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos;
VII. OMS, a la Organización Mundial de la Salud;
VIII. Personas en situación de vulnerabilidad ante la COVID-19, a las personas adultas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en lactancia, y personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer y con inmunodeficiencia; agrega, niñas, niños y adolescentes;
IX. Reglamento, al Reglamento de la Ley Orgánica;
X. Reglamento Interior, al Reglamento Interior del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos;
XI. Unidades Administrativas, a las Unidades Administrativas que integran el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos; y, XII. Virus, al Organismo de estructura muy sencilla, compuesto de proteínas y ácidos nucleicos, y capaz de reproducirse solo en el seno de células vivas específicas, utilizando su metabolismo.
Artículo 3. Con la finalidad de evitar la concentración de personas y, con ello, la propagación deI COVID-19, se modifican las labores del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos, a partir del 20 de marzo hasta el 19 de abril de 2020, de acuerdo con las previsiones del presente Acuerdo.

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Periódico Oficial de Morelos del 27/3/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date27/03/2020

Page count16

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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