Periódico Oficial de Morelos del 24/3/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

24 de marzo de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

En el contexto anterior, la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Federal emitió recomendaciones para la Jornada Nacional de Sana distancia, como protección y cuidado de la población, en la que se recomienda suspender las actividades no esenciales que involucren la congregación o movilidad de personas, en particular de diversas regiones geográficas y sustituirlas por actividades que favorezcan la sana distancia, especificando una trecho 20
de al menos 1.5 metros.
En ese sentido, en Morelos se ha de priorizar que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del texto constitucional y los ordenamientos legales aplicables, por lo que es facultad y deber del Gobierno del Estado de Morelos, en coordinación y concurrencia con instancias federales y municipales, implementar y aplicar las medidas preventivas de control y procurar el combate a cualquier enfermedad transmisible que pueda constituir una amenaza a la salud de la población, colaborando de esta manera con los organismos locales, nacionales e internacionales para proteger la salud y prevenir la propagación del brote.
Conforme a la Ley de Salud del Estado de Morelos, según dispone el artículo 126, fracción III, se deben realizar acciones para promover la participación de los sectores público y privado del Estado en la aplicación de programas y actividades que establezca la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, para la prevención y control de enfermedades, accidentes y 21
desastres .
Por tal motivo, el Ejecutivo estatal mediante el presente instrumento busca implementar acciones de mitigación que permitan salvaguardar la integridad y protección de su personal y de la sociedad en general, promoviendo la atención y acción prioritaria y responsable, así como el uso de tecnologías y medios electrónicos para la continuidad de trámites y asistencia gubernamental, sin que se deje de prestar servicio en aquellas áreas cuyo funcionamiento resulte indispensable para atender la pandemia que nos ocupa.
La coordinación intersectorial e interinstitucional del Gobierno del Estado ha permitido la activación de distintos protocolos de seguridad en salud, así como activación de Consejos, Comités y Comisiones, para implementar una serie de acciones dirigidas a controlar y combatir la existencia y transmisión del virus, entre otras la Jornada de Sana Distancia.
20

Sitio Oficial de la Secretaría de Salud Federal. fecha de consulta: 20 de marzo de 2020, disponible en https www.gob.mx/salud/hospitalgea/documentos/jornada-nacional-de-sanadistancia 21
Conforme al artículo 149 de la Ley de Salud del Estado de Morelos los desastres de origen sanitario son: brotes, epidemias, contaminación e intoxicaciones.

Página 5

Por su parte, el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos, mediante el Comité Estatal de Seguridad en Salud, en su Primera Sesión Ordinaria ha decidido por unanimidad, tomar medidas preventivas para salvaguardar la Salud Pública de las y los Morelenses, alineados a la federación, ello ante el potencial riesgo a la salud de la población morelense, y previo a la confirmación de casos de COVID-19 en Morelos.
El actuar ha obedecido a las recomendaciones emitidas por la Secretaría de Salud Federal y la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal, enfocadas a generar las mejores condiciones sanitarias posibles y mantener la continuidad de la vida social y económica, a la vez de contener la posible propagación de esta epidemia de carácter mundial.
Debe destacarse que la expedición del presente instrumento se rige por los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia, austeridad e imparcialidad; cumpliendo así, además, con lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
No se omite mencionar que el presente instrumento también guarda estrecha relación con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, en su Eje Rector número 3 denominado: Justicia Social para los Morelenses, el cual señala como objetivo estratégico el número 3.7., consistente en garantizar la salud pública en todas las políticas en Morelos, promoviendo una vida sana para el bienestar de todos en todas las edades, ello en relación con la estrategia número 3.7.3, enfocada a proteger a la población contra riesgos sanitarios y enfermedades de vigilancia epidemiológica, a través de la línea de acción número 3.9.4.2. que prevé mejorar la vigilancia epidemiológica.
Por lo expuesto y fundado; tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS
MEDIDAS GENERALES NECESARIAS PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DENTRO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, A FIN DE
MITIGAR LOS EFECTOS EN EL ESTADO DE
MORELOS
ANTE
LA
PANDEMIA
POR
ENFERMEDAD POR CORONAVIRUS 2019 O
COVID-19
ARTÍCULO PRIMERO. Se suspenden durante el periodo comprendido del veinticuatro de marzo al diecinueve de abril de 2020 las labores en la Administración Pública Estatal, centralizada y descentralizada, respecto aquellas áreas que no resulten indispensables para hacer frente de manera oportuna y eficaz a la situación de emergencia que enfrenta el país por la enfermedad por coronavirus 2019 o COVID-19.

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Periódico Oficial de Morelos del 24/3/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date24/03/2020

Page count8

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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