Periódico Oficial de Michoacán del día 23/10/2018
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Source: Periódico Oficial de Michoacán
PERIÓDICO OFICIAL
Martes 23 de Octubre de 2018. 1a. Secc.
noviembre del año en curso.
Uruapan, Michoacán, 10 de octubre de 2018.- El Secretario de Acuerdos.- Lic. Hugo Armando Navarro Gudiño.
40100159825-17-10-18
4-9-14
EDICTO
Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado Primero Familiar.- Uruapan, Mich.
Dentro de los autos que integran las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar, número 111/2018, que sobre presunción de muerte, promovido por MARÍA DE LOURDES
AGUIRRE GUERRERO, la resolución de fecha 13 trece de agosto del año en curso, resic resolvió acorde con los siguientes:
PUNTOS RESOLUTIVOS
PRIMERO. Este Juzgado es competente para conocer y resolver la solicitud de declaración de presunción de muerte de Juan Manuel Canul Aguirre.
"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"
Publíquese por tres veces con intervalos de quince días, en uno de los principales diarios de mayor circulación de la población de Tancítaro, Michoacán, y de Buena Vista, Michoacán, así como en el Periódico Oficial del Estado.
Uruapan, Michoacán, a 4 cuatro de septiembre de 2018.Secretaría de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar de este Distrito Judicial.Licenciada Rosa Guía Calderón.
SELAR/1237/2018 -4-10-18
93-4-15
EDICTO
SE NOTIFICA PUNTOS RESOLUTIVOS:
TERCERO. Se declara la presunción de muerte de Juan Manuel Canul Aguirre, teniéndose como fecha de presunción de su muerte, el día 7 siete de junio de 2009 dos mil nueve; expídase copias certificadas de la presente resolución a la promovente para los efectos legales a que haya lugar.
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Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado Segundo Civil.- Maravatío, Mich.
CUARTO. Se ordena girar oficio al Oficial del Registro Civil de esta ciudad, para los efectos señalados en el considerando tercero de esta resolución.
QUINTO. Se ordena girar exhorto al Juez de Primera Instancia en Materia Familiar de la ciudad de México, para los efectos señalados en el considerando respectivo de esta resolución.
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J. CARMEN SÁNCHEZ SÁNCHEZ, por derecho propio, promueve Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, número 449/2018, sobre Información Testimonial Ad-perpetuam, para suplir título escrito de dominio, respecto de desic un predio rústico ubicado en la población de Canoas, Municipio de Contepec, Michoacán.
Mide y linda: Al Norte, 119.50 metros, con Ramón Romero Reyes, cerca de por medio; Sur, 221.00 metros, con Jesús Sánchez Zaratesic y Hortencia Legorreta Jurado, cerca en medio; Oriente, 71.00 metros, con Hortencia Legorreta Juradasic, cerca en medio; y, Poniente, 112.25 metros, con Ramón Romero Reyes, con una superficie de 1-49-06
hectáreas.
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SEGUNDO. Ha procedido la solicitud de declaración de presunción de muerte de Juan Manuel Canul Aguirre, realizada por María de Lourdes Aguirre Guerrero y/o Lourdes Aguirre Guerrero y/o Ma. de Lourdes Aguirre Guerrero.
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Se convocan personas que se crean con derecho, pasen a deducirlo en 10 días ante este Juzgado.
Maravatío, Michoacán, agosto 2 de 2018.- La Secretaria de Acuerdos del Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia.Lic. Gabriela Vaca Sánchez.
40100159696-17-10-18
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EDICTO
Poder Judicial del Estado de Michoacán.- Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil.- Morelia, Mich.
SEXTO. No se hace condena en costas.
SÉPTIMO. Quedan notificados personalmente las partes dentro de la fase de sentencia en audiencia, así como el Agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado y tutor designado, explicándose la resolución.
CONVÓQUESE OPOSITORES:
Dentro de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, número 894/2018, que sobre Información Testimonial Ad-perpetuam, promueve JOAQUÍN CHÁVEZ DAMIANsic, respecto del