Periódico Oficial de Chiapas del 11/11/2015 - Sección Quinta

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Quinta

Periódico Oficial No. 208-5a. Sección
Miércoles 11 de Noviembre de 2015

Publicación Estatal:
Publicación No. 1278-A-2015-1
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Fabián Alberto Estrada de Coss, Secretario de Transportes, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 13 párrafo segundo y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 4, 50 Bis y 50 Ter de la Ley de Transportes del Estado de Chiapas; 13 fracciones XIV y XVIII
del Reglamento Interior de la Secretaría de Transportes; y, Considerando
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Que la Secretaría de Transportes, tiene como objetivo principal, formular e implantar las políticas y programas para el desarrollo del transporte y sus servicios conexos, así como, asegurar la actuación concurrente, expedita y eficaz de los prestadores de servicio de transporte, impulsando el desarrollo integral de las actividades de los prestadores de servicios, además de instrumentar los proyectos tendentes a normar y coordinar el servicio público de transporte en el Estado.

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Así mismo, tiene las facultades de planear, coordinar, autorizar, ejecutar y evaluar las acciones necesarias en materia de transporte público en el Estado y contar con las mejores disposiciones técnicas y operativas que permitan garantizar un servicio de calidez y calidad a los usuarios.

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La Ley de Transportes del Estado de Chiapas, establece en el artículo 4, que la Secretaría de Transportes, contará con un Comité Consultivo en Materia de Transporte Público, integrado por transportistas concesionados y/o permisionarios legalmente constituidos en personas morales, que tendrá por objeto orientar las políticas y coadyuvar en la instrumentación de los programas en dicha materia; deberá conocer de las solicitudes de concesiones y, en su caso, de las revocaciones de las mismas; tendrá un carácter consultivo, de participación ciudadana y su organización y funcionamiento se regirán por la presente Ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables.
Además, el Comité Consultivo en Materia de Transporte Público, estará constituido por los titulares de las Dependencias de la Administración Pública Estatal, el presidente de la Comisión de Movilidad, Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado, y por un representante de la organización de transportistas que acredite mayor antigedad y se encuentre legalmente constituido y concesionado en el municipio donde se instale el Comité Consultivo en Materia de Transporte Público.
Así como también, para un invitado permanente del Comité Consultivo en Materia de Transporte Público, quien será un representante de cada organización de transportistas legalmente constituidas con transportistas concesionados estatales o permisionarios federales con representación en el Estado de Chiapas, que acredite una representatividad del 25% de los municipios que integran la geografía de la Entidad Chiapaneca.
Con fecha 21 de julio de 2015, el Secretario de Transportes, en su calidad de presidente del Comité Consultivo en Materia de Transporte Público, emitió la Convocatoria Pública, en donde tiene a bien a convocar a todos los transportistas concesionados en todas las modalidades legalmente constituidos 2

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Periódico Oficial de Chiapas del 11/11/2015 - Sección Quinta

TitlePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Quinta

CountryMexico

Date11/11/2015

Page count8

Edition count24

First edition06/06/2007

Last issue06/10/2021

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