Periódico Oficial de Chiapas del 7/1/2009 - Sección Tercera
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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera
Miércoles 07 de Enero de 2009
Periódico Oficial No. 137-3ra. Sección
Publicaciones Estatales:
Publicación No. 1021-A-2009-G
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Congreso del Estado de Chiapas.
Fe de Erratas A la publicación Estatal del Decreto número 127, por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas, publicado en el Periódico Oficial número 135, Tomo III, Tercera Sección, de fecha miércoles 31 de diciembre 2008.
Pág. 4
Dice:
Artículo 1.- La Hacienda Pública del Estado de Chiapas, percibirá durante el Ejercicio Fiscal 2009, los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:
Conceptos 1.2 Derechos.
1.2.1 Servicios que presta el Instituto de la Consejería Jurídica y de Asistencia Social.
Miles de Pesos 874,051
174,312
Debe Decir:
Artículo 1.- La Hacienda Pública del Estado de Chiapas, percibirá durante el Ejercicio Fiscal 2009, los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:
Conceptos 1.2 Derechos.
1.2.1 Servicios que presta el Instituto de la Consejería Jurídica y de Asistencia Legal.
Miles de Pesos 874,051
174,312
Pág. 8
Dice:
Artículo 11.- Los contribuyentes que realicen la baja de placas, en los meses de enero y febrero, gozarán de una reducción, para el primer mes del 100%, y del 50% para el segundo mes, sobre el importe de este derecho.
Para la aplicación de las reducciones que este artículo y el anterior, es requisito indispensable que los contribuyentes del cumplimiento al artículo 35, del Código de la Hacienda Pública.
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