Periódico Oficial de Chiapas del 25/1/2023 - Sección Segunda
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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda
miércoles 25 de enero de 2023
SGG-ID-PO17093
Periódico Oficial No. 265
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 1587-C-2023
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE BERRIOZÁBAL, CHIAPAS.
Ciudadano Jorge Arturo Acero Gómez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Berriozábal, Chiapas; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 57 fracciones I, X y XIII, y 213 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas;
y CONSIDERANDO
Es indudable que el medio para construir un mejor Gobierno, es contar con instrumentos normativos e instituciones sólidas que sean acordes a las necesidades y requerimientos que la sociedad demanda, todo ello en aras fortalecer el orden, respeto, y seguridad en el actuar de las instancias públicas municipales.
En el contexto de la promulgación de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, publicada mediante Periódico Oficial del Estado número 346, Tercera Sección, de fecha 31 de enero del año 2018, se abrogó la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, y se dio así un cambio acorde las necesidades modernas de legislación aplicable a los Municipios de nuestra entidad.
De lo anterior, y para armonizar el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Berriozábal, Chiapas, con las nuevas disposiciones de la Ley, se crearon nuevas entidades como la Consejería Jurídica, dependiente del Despacho del Presidente Municipal, la cual funge como órgano encargado de otorgar apoyo técnico jurídico en todos aquellos asuntos que lo requieran y estén relacionados con la Administración Pública Municipal; asimismo, la Defensoría Municipal de los Derechos Humanos para la promoción del respeto y observancia de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano; y también se complementaron los requisitos para la designación de algunos servidores públicos, como es la obtención de un certificado que avale la aptitud para el desarrollo de sus funciones, lo que exige el mejoramiento de la calidad de los mismos.
En este sentido, y toda vez que el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Berriozábal, Chiapas, es la base fundamental para establecer la estructura organizacional y las obligaciones de cada una de las dependencias y órganos que conforman el Gobierno de nuestra ciudad, esta Administración trabaja permanentemente para contar con un marco normativo ajustado a lo orgánicamente necesario para funcionar eficazmente en beneficio de la ciudadanía, sin que ello tenga que representar un impacto presupuestal al gasto público que se tiene.
Asimismo, y considerando que Oficialía Mayor es la dependencia que administra el capital humano del Gobierno Municipal, se le transfiere la atribución para que a través de la Oficialía Mayor, promueva y concerté cursos de capacitación, adiestramiento y desarrollo personal y laboral de los trabajadores al servicio de la Administración Pública Municipal. Con motivo a las atribuciones que tiene la Secretaria de Medio Ambiente y cambio climático, cambia a Secretaría de Medio Ambiente.
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