Periódico Oficial de Baja California del 28/4/2023 (Indice)

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Página 4

PERIÓDICO OFICIAL

28 de abril de 2023.

SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
CONVENIO de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Baja California, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal FASP 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO
DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO EL SECRETARIADO, REPRESENTADO POR
SU TITULAR, LA C. CLARA LUZ FLORES CARRALES, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EN LO SUCESIVO LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADA POR SU
GOBERNADORA DEL ESTADO, LA C. MARINA DEL PILAR AVILA OLMEDA, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE
SEGURIDAD CIUDADANA, EL C. LEOPOLDO TIZOC AGUILAR DURÁN, Y EL SECRETARIO DE HACIENDA, EL C.
MARCO ANTONIO MORENO MEXÍA, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ LAS PARTES DE
CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES
I.

DECLARA EL SECRETARIADO, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1

Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente Ley General; 3, inciso C, fracción VII, 45 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

I.2

De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la Ley General; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designada como Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 21 de junio de 2022.

I.3

Se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la Ley General, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.4

Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres número 855, Colonia Belén de las Flores, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México, Código Postal 01110.

II.

DECLARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1

Es una entidad libre y soberana, en todo lo concerniente a su régimen interior, que forma parte integrante de la Federación denominada Estados Unidos Mexicanos, y tiene la calidad de persona moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 1 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y demás normativa aplicable.

II.2

La C. Marina del Pilar Avila Olmeda asumió el cargo de Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, a partir del 01 de noviembre de 2021; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la Ley General; 40 y 49 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 8 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California; 15 fracción I y 65 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California, y demás disposiciones aplicables.

II.3

En este acto se encuentra asistida por el C. Leopoldo Tizoc Aguilar Durán, Secretario de Seguridad Ciudadana y Marco Antonio Moreno Mexía, Secretario de Hacienda, de conformidad con los nombramientos expedidos de fecha 01 de enero del año 2023 y 01 de noviembre de 2021, respectivamente, por la Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Baja California; quienes cuentan con facultades para celebrar el presente Convenio, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en

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Periódico Oficial de Baja California del 28/4/2023 (Indice)

TitlePeriódico Oficial de Baja California - Indice

CountryMexico

Date28/04/2023

Page count250

Edition count618

First edition03/01/2011

Last issue24/05/2024

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